Autor: Rafael Arenas García

Nací, vi gente junto a mi, lluvia tras los cristales. Estudié, algo aprendí. Creí amar y amé. Engendré y ahora junto al mar espero amanecer.

The Shadow of Our Working Lives: A Hypothesis on the Constancy of r

Physics knows the constant c, the speed of light in a vacuum. Anyone who has approached this science cannot help but be fascinated by that value, which seems to contain within it the entire complexity of the Universe. Despite its simple formulation (299,792.458 kilometers per second), its implications for almost everything— from time dilation to gravity or the expansion of the Universe—make it difficult to grasp fully.

Economics, too, has a mysterious constant: the rate of return on capital (r). Economics is not physics, of course; and for r we cannot give an eternally immutable figure as we can for c. Yet it should surprise us that, over centuries, r has remained on average between 4% and 5%. Whether we look at eighteenth-century London, nineteenth-century Paris, or twentieth-century New York, we find that the average return on capital oscillates around those same percentages. It is not (on average—individual cases may vary widely) 1%, nor is it 15%; it is almost always between 4% and 5% (Th. Piketty, Capital in the Twenty-First Century, The Belknap Press of Harvard University, 2014, Kindle edition, location 8%).

Why is the rate of return on capital so constant? I do not think we have a clear explanation, but I will risk putting forward a hypothesis.

To introduce it, I suggest we step back to the time of the Roman Empire and focus on something that seems quite distant from our modern economy: the slave markets. How much was a slave worth in Rome? According to the sources available, in the first and second centuries CE, in Egypt, an ordinary slave might cost between 300 and 500 denarii—that is, between 90 and 150 grams of gold. To this purchase price one had to add food, lodging, and very little else. All of that might amount to roughly 100 denarii per year (about 30 grams of gold).

Thus, if one purchased a 15-year-old slave who remained productive for another 15 years (the life expectancy of slaves engaged in demanding labor rarely exceeded their early thirties, and beyond that age their performance likely declined), the total cost of that slave over a 15-year period would amount to between 1,800 and 2,000 denarii (roughly 540 to 600 grams of gold).

What return did the owner obtain from such a slave? The daily earnings of an unskilled free laborer were approximately 1 denarius. A slave working 270 days per year would therefore generate 4,050 denarii over 15 years. Those 270 days imply an almost continuous workload, with few days of rest (around 60 per year). In other words, an investment of 1,800–2,000 denarii would yield a profit of between 2,000 and 2,200 denarii over 15 years. That is, about 130 to 145 denarii per year—corresponding to an annual return of roughly 6.5% to 8%.

This is not the 4–5% typical of the modern era, but it does coincide with what appear to have been the returns on capital in the Roman Empire (between 6% and 8%, with 12% being the legal maximum). Interestingly, that 6.5–8% range aligns with the simple result of dividing the investment by the slave’s useful working life. If we assume that r ≈ 1/L, where L is the slave’s working life, then with L = 15 years we obtain r ≈ 6.7%, and with L = 12.5 years, r ≈ 8%. Life expectancy at birth in Rome was around 20–25 years, but anyone who reached adolescence could expect to live another 15–20 years, although the wear of manual labor meant that performance would decline after the age of 30. A working-life range of 12 to 15 years is therefore plausible.

In any case, these are averages; for an 18-year-old slave (perhaps the ideal age, since one might expect full adult productivity throughout those years), the purchase price would be higher, which would naturally adjust r back toward the relationship noted above (r ≈ 1/L). There is no need to go further here: the point is simply that it is not unreasonable to think that the return on capital embodied in a slave (purchase price plus maintenance costs) could be understood as a function of that capital and the slave’s useful working life.

It is as if the economic structure incorporated a temporal horizon determined by the duration of working life. From that horizon r would emerge. Put differently: the economy discounts human life.

If we now return to the familiar 4–5% with which we began, we can see that expressing it in relation to working life—not of the slave but of the modern worker—introduces a certain coherence. A 4% return corresponds to a working life of roughly 25 years; 5% to about 20 years. For the eighteenth or nineteenth centuries, these figures are not implausible. After the age of 40–45, many manual workers experienced a decline in effectiveness, not to mention illness, injury, or premature death. It is therefore not unreasonable to think that this seemingly constant rate of return might be linked to the length of people’s productive working lives.

Similarly, the slow decrease in returns observed over recent decades may be connected to the extension of fully productive working life—a working life that now begins later, closer to 25 than to 20, due to longer periods of education, and that extends beyond 50, whereas in an era dominated by manual labor that age already marked the end of full productivity. The point is not to be exact, but simply to underline that the useful life of the worker determines the order of magnitude of the rate of return.

Thus, as a provisional hypothesis (if the redundancy may be forgiven), we may suggest that the rate of return on capital is determined by the average useful length of working life. This would explain the higher returns observed in antiquity (when working lives were shorter) and the slow decline in the rate of return over the past century, linked to the gradual extension of working life—a working life that, as noted above, now begins later for most people than it did a hundred years ago (due to longer periods of education) but also extends beyond 50, an age that in an era of predominantly manual labor marked the end of full productive capacity.

There is, moreover, another striking constant in what we have been observing. If we return to the Roman slave who costs between 300 and 500 denarii, works for 15 years, and generates for his owner the equivalent of 270 denarii per year, we find that of those 270 denarii the owner’s profit is slightly more than half. Recall that maintaining the slave might cost around 100 denarii per year, to which one must add the amortization of the purchase price. If the slave cost 300 denarii, that amortization is 20 denarii per year; if he cost 500, it is somewhat over 30. Taking a midpoint, the owner’s profit from the slave comes to 145 denarii—about 53%.

It is striking that this share of income—which we might say goes to capital—is of the same order of magnitude as what we observe today. According to standard national accounts, the share of capital in total income currently stands at around 45% of GDP, after having risen from the levels of the 1960s, when it was below 40%. A change of more than 13% (from the 53% we observed in the Roman example, to around 40% in the 1960s) is undoubtedly significant; but we are speaking of twenty centuries, and nothing dictates that this share must be close to 50% rather than 10% or 90%. By the same token, one must ask why the rate of return on capital remains around 5% both two thousand years ago and today.

It is true that there are enormous differences between slave labor and wage labor; yet one cannot ignore the structural elements that place them in relation. Under slavery, subordination to the master is total; under wage labor, that subordination is only partial and temporary, but it nonetheless involves submitting to the employer’s direction during working time—albeit in exchange for a wage that has no equivalent in slavery. Needless to say, the point here is not to equate slavery and wage labor from a moral standpoint, but to remain faithful to the underlying economic reality that both phenomena share.

Now, as we have seen, acquiring a slave involves a maintenance cost (food, shelter, clothing) to which the purchase price must be added (setting aside cases in which the slave is born into slavery). If we add together the cost of maintaining the slave and the amortization of the purchase price over the slave’s useful working life, the resulting amount is of the same order of magnitude as a modern wage—except that under slavery the purchase price is paid to a third party, whereas under wage labor it accrues to the worker. In a certain sense, this “purchase price” is incorporated into the wage.

There is therefore no essential difference between the Roman model and the modern one. Both the distribution between capital and labor and the rate of return on capital fall within similar ranges, provided we take into account that in the modern case the equivalent of the slave’s acquisition cost is embedded in the wage.

It is tempting, then, to project this Roman example onto the present. The basis for doing so is the idea that r ≈ 1/L. The average useful working life of the worker determines the rate of return obtained on capital. In a way, that return reflects how the hourglass of working life (and of physical life as well) empties grain by grain; and it is for this reason that as working life lengthens, r declines, even if only slightly. The same total amount of benefit must be spread over a longer period, and the annual return is therefore lower.

The cost of the slave (purchase price plus maintenance over the entire useful working life—that is, C + M*L, where C is the purchase price, M the annual maintenance cost, and L the duration of working life) constitutes the capital that makes the generation of profit possible. In the modern world, the equivalent would be the capital (K) required for the functioning of the economy. Here we must take into account that if r ≈ 1/L and Sc is the share of income that accrues to capital, then the amount of capital needed to sustain that relationship cannot be measured by summing up existing assets; it must instead be understood through the temporal scale defined by L. Capital (K) is not measured—it is inferred.

Accordingly, the calculation of K follows from considering the share of capital in GDP (GDP minus labor costs, which we denote Sc), divided by r (that is, by 1/L); in other words, Sc*L. The capital required to generate the observed return is thus the capital share of income multiplied by the length of working life.

The result is far greater than what one obtains by summing a country’s assets in the manner used by Piketty in his studies of capital, because in this framework capital includes the cost of raising, educating, and training workers, as well as all other conditions that make economic functioning possible. With a capital share of 40% of GDP, the resulting K—for an r of 4.5%—would amount to 12.5 times GDP. In the Roman example, the resulting K would be 7.5 times annual output (2,025 denarii for an annual output of 270). This means that in Rome capital represented a smaller proportion of income than today, but still one far larger than what emerges from attempts to “count” existing assets in a given economy.

I am fully aware that this is not the usual way of calculating the capital stock of an economy; yet it is the only way to account for everything that is actually required for production. The Roman slave example, in its simplicity, contains all the necessary elements. Here, the workforce is “capitalized” in an evident way through the right of ownership. The fact that, today, the relationship between worker and employer differs fundamentally—in legal, moral, and political terms—from that of a slave society should not obscure the structural point: in both cases, the relationship between capital and labour is organised in essentially the same way, as we have already suggested.

What changes is that part of the cost of “maintaining” the worker is now externalized—borne either by society as a whole (basic public services) or by the family that has raised and educated the worker. Excluding these elements from the measurement of capital explains the difference between the result of this approach (K = Sc*L) and that obtained by trying to quantify existing assets at a given moment. The two approaches do not measure the same thing: one measures the structural capacity to sustain labour; the other measures the ownership of assets.

In the end, this is only a hypothesis—an attempt to link that persistent mystery (the remarkable constancy of the return on capital) with something tangible: the duration of human life, or more specifically, the span of our working life. The return on capital is nothing more than the shadow that our lives cast upon the economy.

r ≈ 1/L; K=Pc*L

La física conoce la constante «c», la velocidad de la luz en el vacío. Nadie que se haya acercado a esta ciencia dejará de estar fascinado por ese valor que parece encerrar toda la complejidad del Universo. Pese a que su formulación es sencilla (299.792,458 kilómetros por segundo), las implicaciones que tiene en casi todo; desde la contracción del tiempo hasta la gravedad o la expansión del Universo la hacen difícil de aprehender. En economía hay también una constante misteriosa: la rentabilidad del capital (r). La economía no es física; y para r no podemos dar una cantidad eternamente inmutable como para c; pero debería sorprendernos que durante siglos, de media, se ha mantenido entre un 4% y un 5%. Tanto si estamos en el Londres del siglo XVIII o en el París del XIX o en el Nueva York del XX observaremos como el rendimiento medio del capital oscila en esos porcentajes. No es (de media, insisto, para casos particulares puede haber valores muy diferentes) ni un 1% ni un 15%; casi siempre entre el 4% y el 5% (Th. Piketty, «Capital in the Twenty-First Century», The Belknap Press of Harvard University, 2014, 8% de la edición Kindle).

¿Por qué esa tasa constante de rendimiento del capital? Me parece que no hay una explicación para ello; pero me arriesgo a lanzar una hipótesis.

Para formular la hipótesis propongo retroceder hasta la época del Imperio Romano y detenernos en algo que parece bastante alejado de nuestra economía moderna: los mercados de esclavos. ¿Cuánto valía un esclavo en Roma? Según las fuentes disponibles, en el siglo I-II d.C, en Egipto, un esclavo ordinario podía valer entre 300 y 500 denarios; esto es, entre 90 y 150 gramos de oro. A este coste habría que añadir la alimentación, alojamiento y, seguramente, muy poca cosa más. Todas estas cosas podían implicar unos 100 denarios al año (unos 30 gramos de oro).

Así pues, si se adquiría un esclavo de 15 años y rendía durante otros 15 años (la esperanza de vida de los esclavos en Roma para los trabajos exigentes no superaba en mucho los 30 años y, a partir de esa edad, probablemente su rendimiento sería menor), tenemos que el coste de un esclavo durante un periodo de 15 sería de entre 1800 y 2000 denarios (entre 540 y 600 gramos de oro).

¿Qué rendimiento obtenía el amo por ese esclavo? Los ingresos diarios de un trabajador libre no cualificado eran de aproximadamente 1 denario. Un esclavo que trabajara 270 días al año daría un rendimiento en 15 años de 4050 denarios. Los 270 días implican un trabajo casi constante, con pocos descansos (unos 60 días al año). O, lo que es lo mismo, una inversión de 1800-2000 denarios produce un beneficio de entre 2000 y 2200 denarios en 15 años. Esto es, entre 130 y 145 denarios anuales; lo que implica un rendimiento que se sitúa entre el 6,5% y el 8% anual.

No es el 4%-5% de la Edad Moderna, sino algo superior; pero que coincide con lo que parece ser que eran los rendimientos del capital en el Imperio Romano (el interés para los préstamos se situaba entre el 6% y el 8%, siendo el 12% anual el máximo legal permitido). Curiosamente, ese 6,5%-8% se correlaciona con el resultado de dividir la inversión por los años de vida útil del esclavo. Si asumimos que r ≈ 1/L, siendo L la vida útil del esclavo, si L es 15 años r ​se sitúa en un 6,7%; mientras que con una vida útil de 12,5 años, r sería de un 8%. La esperanza de vida al nacer en Roma se situaba entre los 20-25 años; pero quien ya había llegado a la adolescencia podía esperar vivir entre 15 y 20 años más; aunque el desgaste del trabajo haría que el rendimiento fuera menor a partir de los 30 años, como se ha adelantado. Esto es, un rango de vida útil de entre 12 y 15 años es plausible. De cualquier forma, aquí estamos hablando de medias; esto es, en el caso de un esclavo de 18 años (quizás la edad ideal, pues se puede esperar que trabaje durante toda su vida adulta), el precio sería mayor, por lo que r se ajustaría de manera natural a la relación que veíamos antes (r ≈ 1/L). Aquí no hace falta ir más allá porque tan solo se trata de apuntar que no es descabellado pensar que el rendimiento del capital que suponía un esclavo (precio de adquisición más costes de mantenimiento) podría establecerse como una relación entre ese capital y la vida útil del esclavo como trabajador. Pareciera que la estructura económica incorpora un horizonte temporal que viene determinado por la duración de la vida laboral. De ese horizonte se derivaría r. Dicho de otra forma: la economía descuenta la vida humana.

Si ahora volvemos al famoso 4%-5% con el que comenzábamos; vemos que si lo expresamos también en relación con la vida productiva, ya no del esclavo, sino del trabajador, algo de coherencia podría aparecer. Un 4% se correspondería a 25 años de vida laboral; 5% a 20 años. Si pensamos en los siglos XVIII o XIX no parecen cifras carentes de sentido. A partir de los 40-45 años, en muchos trabajos manuales el trabajador pierde eficacia, sin contar con enfermedades, lesiones o muertes prematuras; esto es, durante esos siglos, quizás no es desabellado pensar que esa rentabilidad mágicamente constante se relaciona con el tiempo de actividad productiva de las personas. De igual forma, el lento decrecimiento de las rentabilidades en las últimas décadas podría también relacionarse con la extensión de la vida laboral plenamente productiva; una vida laboral que ahora comienza más tarde, más cerca de los 25 años que de los 20, y que se extiende a más allá de los 50. Aquí no se trata de ser exactos, sino tan solo de subrayar que la vida útil del trabajador determina el orden de magnitud de la rentabilidad.

Así pues, como hipótesis provisional (perdón por la redundancia), podemos avanzar que la rentabilidad del capital se determina por la extensión útil media de la vida laboral. Eso explicaría unas mayores rentabilidades en la edad Antigua (vida laboral más corta) y la lenta disminución de los rendimientos del capital en el último siglo, vinculado a una cierta extensión de la vida laboral; una vida laboral que, como se ha adelantado, comienza más tarde para la mayoría que hace un siglo (extensión de los estudios superiores), pero que también se prolonga más allá de los 50 años que, en época de trabajo fundamentalmente manual marcaban el fin de la vida plenamente útil del trabajador.

Existe, además, otra constante llamativa en lo que vamos viendo. Si volvemos al esclavo romano que cuesta entre 300 y 500 denarios, trabaja 15 años y obtiene para su amo el equivalente a 270 denarios, resulta que de esos 270 denarios el beneficio para el dueño es de algo más de la mitad. Recordemos que el mantenimiento del esclavo podía suponer unos 100 denarios al año, a lo que habíaque sumar la amortización del precio de compra. Con 300 denarios, esa amortización es de 20 denarios al año; con 500, de algo más de 30. Si nos colocamos en el rango intermedio, el beneficio que obtiene el amo del esclavo es de 145 denarios, un 53%.

Sorprende que esta parte de la renta que -podríamos decir- va al capital, es del mismo orden que la que encontramos en la actualidad. La participación del capital en la renta se sitúa en la actualidad, de acuerdo con las contabilidades habituales, en torno al 45% del PIB, apreciándose un aumento desde los años 60 del siglo XX, en el que esa participación era de menos de un 40%. Ciertamente, una variación de más de un 13% (del 53% que veíamos en el mundo romano a partir de nuestro modesto «experimento», al 40% en los años 60 del siglo XX) es más que significativa; pero estamos hablando de veinte siglos y en ningún sitio está escrito que esa participación tuviera que ser del orden del 50% y no del 10% o del 90%; de igual forma que habría que ver por qué el rendimiento del capital se mueve en torno al 5% tanto hace dos mil años como ahora.

Es verdad que hay enormes diferencias entre el trabajo de los esclavos y el trabajo asalariado; pero no puede desconocerse que existen elementos estructurales que los ponen en relación. En la esclavitud el sometimiento al amo es total; mientras que el trabajo asalariado, ese sometimiento es solamente parcial y temporal, pero también se asemejan en que se asume ponerse bajo la dirección del empresario durante el tiempo de trabajo; aunque aquí a cambio de un salario que no existe en el caso de la esclavitud. Obvio es decirlo, aquí no se está equiparando esclavitud y trabajo desde una perspectiva moral, sino que se intenta ser fiel a la realidad económica que subyace en ambos fenómenos.

Ahora bien, como vemos, la adquisición de un esclavo tiene un coste de mantenimiento (alimentación, cobijo, vestido) al que hay que sumar el precio que se pagó por el esclavo (aparte de los casos en los que se trate de hijos de esclavas que ya nacen también esclavos). Si se suma el coste de mantenimiento del esclavo y la amortización de su precio de adquisición durante su vida útil, la cantidad resultante se coloca en el mismo orden que el salario actual, con la diferencia de que en la esclavitud el precio de compra va a un tercero mientras que, en el trabajo asalariado, revierte en el trabajador. De alguna forma, ese «precio de compra» se incorpora al salario.

No hay, por tanto, una diferencia esencial entre el modelo romano y el actual. Tanto la distribución entre capital y trabajo como la rentabilidad del capital se mueven en unos parámetros similares si tenemos en cuenta que ahora en el trabajo tenemos que incorporar lo que sería el coste de adquisición del esclavo en el mundo romano.

Resulta tentador proyectar este ejemplo del mundo romano sobre el actual. La base para ello es la idea de que r ≈ 1/L. La vida útil media del trabajador determina el rendimiento que se obtiene por el capital. De alguna forma, el rendimiento muestra cómo el reloj de la vida laboral (y también de la física) se va vaciando de arena; es por eso que a medida que la vida laboral se alarga, r disminuye aunque sea ligeramente. Al final la cantidad de beneficio ha de distribuirse en más tiempo y, por tanto, el rendimiento anual disminuye.

El coste del esclavo (precio de compra más mantenimiento durante toda su vida útil; esto es, C+ML, donde C es el precio de compra, M el coste anual de mantenimiento y L la duración de su vida laboral) es el capital que permite la generación del beneficio. En la actualidad, el equivalente sería el capital (K) necesario para el funcionamiento de la economía. Aquí tenemos que tener en cuenta que si r ≈ 1/L y Pc es la parte de la renta que va al capital; entonces la cantidad de capital necesaria para sostener esa relación no puede medirse por la suma de activos; sino por la escala temporal que marca L. El capital no se mide, se deduce. De acuerdo con esto, el cálculo de K se derivaría de considerar la participación del capital en el PIB (PIB menos costes salariales, a lo que denominaremos Pc), divido por r (1/L); esto es, Pc*L. Es decir, el capital necesario para generar el rendimiento observado es la renta del capital multiplicado por los años de vida laboral. El resultado es mucho mayor que lo que resulta de sumar los activos de un país en la vía que empleó Piketty en sus estudios sobre el capital, pero porque aquí el capital incluye el coste de crianza, educación y formación de los trabajadores; así como el resto de condiciones que hacen posible el funcionamiento de la economía. Con una participación del capital del 40% del PIB, el K resultante sería, para una r de 4,5%, 12,5 veces el PIB. Piénsese que en el ejemplo del esclavo romano, la K resultante sería de 7,5 veces la renta anual (2025 denarios para una renta anual de 270 denarios). Esto es el capital en Roma representaba una proporción menor que ahora respecto a la renta; pero en magnitudes superiores a las que se consideran mediante el método de intentar contar los activos existentes en una determinada economía.

Soy consciente de que esta no es la forma habitual de calcular el capital para una economía determinada; pero es de esta forma como puede tenerse en cuenta todo aquello que es necesario para la producción. El ejemplo del esclavo romano, en su sencillez, encierra todos los elementos precisos. Aquí la fuerza de trabajo está «capitalizada» de una manera evidente a través del derecho de propiedad. El hecho de que, en la actualidad, las relaciones del trabajador con el empresario se alejen esencialmente (en lo legal, moral y político) de lo propio en una sociedad esclavista no puede hacernos perder de vista que desde una perspectiva estructural, las relaciones entre capital y trabajo se articulan de una forma esencialmente idéntica, tal y como adelantamos. Lo que sucede es que una parte del coste necesario para el «mantenimiento» del trabajador se externaliza, pues lo asume o el conjunto de la sociedad (servicios públicos esenciales) o la familia que lo ha criado y educado. El dejar fuera de la contabilización del capital estos aspectos explica la diferencia entre lo que resulta de esta aproximación (K=Pc*L) de la que parte de intentar cuantificar los activos existentes en un momento dado. Ambas aproximaciones no miden lo mismo: una mide la capacidad estructural para sostener el trabajo, la otra, la propiedad de los activos.

En fin, se trata solo de una hipótesis. Un intento de vincular ese misterio (la constancia en la rentabilidad del capital) con una realidad tangible: la duración de la vida humana o, más específicamente, el tiempo de nuestra vida laboral. El rendimiento del capital no es más que la sombra que proyecta nuestra vida sobre la economía.

El viaje ha terminado

El viaje ha terminado.
Un andén en la nada.
No funciona la máquina del agua.
Otros viajeros que también aguardan
en mitad de la tarde,
esperando la noche
en un día perdido.
El viaje ha terminado.
Huesos cansados,
ojos llorosos,
polvo sobre la ropa y los zapatos.
Fuera, el sol sobre el campo,
fulgor que nadie ve.
Mueve la puerta el aire mortecino.
Todo es gris y amarillo.
Ya nada cuenta.
El viaje ha terminado.
Os lo repito.
Lejos queda el inicio.
Olvidado, perdido.
Todo fue preludio de este andén.
Donde no hay máquinas para el café.
Sillas resquebrajadas,
cristales sucios,
rombos en las baldosas.
No sabemos cuándo llegará el tren.
Pero eso ya no importa
porque, como os decía,
el viaje ha terminado.
Ya no hay ningún destino,
no hay trayecto, no hay comienzo o final.
Recuerdos a la espalda,
un corazón que apura los latidos,
misterios que no se resolverán,
luz sin oscuridad,
negro que no espera el amanecer,
monotonía de la manecilla,
breves sombras inmóviles,
arrugas en el traje,
una mancha de grasa en la corbata.
Ahora solo te queda esperar.
Se iguala el mar al llegar el crepúsculo,
pero
no es la tranquilidad
de quien intuye la nueva mañana,
no es el cansancio que precede al sueño.
No lo es, no.
Es deshacerse,
lentamente llenarse
de vacío, de nada.

Primero, el muro; luego, la violencia

Estos cinco tweets están relacionados.

Estos tweets emitidos entre los días 29 y 31 de octubre de 2025 reflejan de manera bastante precisa la situación en la que nos encontramos como consecuencia de la táctica de división y enfrentamiento que desarrolla la autodenominada izquierda desde hace bastantes años.

Vito Quiles, un «comunicador» (como se dice ahora) había anunciado una gira por varias Universidades españolas. El primer acto iba a tener lugar en mi propia Universidad (la UAB) y fui testigo bastante directo de lo que pasó (lo comentaba en la segunda parte de esta entrada de hace unos días).

Para el día 30 estaba previsto que realizara un acto en la Universidad de Navarra. La Universidad -como habían hecho las otras en las que Vito Quiles tenía pensado intervenir- no autorizó el acto. En esta ocasión parece ser que Quiles había renunciado a acudir a la Universidad (a diferencia de lo sucedido en otras, en las que sí se presentó, pese a la falta de autorización); pero aún así grupos que se oponían a la celebración del acto acudieron a la Universidad. Un periodista de «El Español» los estaba grabando, fueron a por él y le agredieron.

No parece haber excesivas dudas de que quienes agredieron al periodista formaban parte de grupos de izquierda abertzale; esto es, de los que se oponían a la presencia de Vito Quiles en el campus y que, por tanto, coincidían en los planteamientos de los grupos «antifascistas» que habían intentado impedir la presencia de Quiles en otros campus. Por otra parte, en el primer tweet que compartía veíamos cómo el PSOE en Navarra vinculaba el acto de Quiles al fascismo, al introducir la noticia de que se había prohibido dicho acto con una frase que plantea pocas dudas: «Fuera fascistas de Navarra«.

Lo lógico hubiera sido una condena contundente de la agresión al periodista. Sin embargo, como puede verse por el tercer, cuarto y quinto tweet que comparto al comienzo de la entrada, tanto Ione Belarra como Irene Montero lo que hacen es elogiar la actitud de los «antifascistas» que convierten las universidades en lugares seguros y plantan cara en la calle al «fascismo». La reacción del PSOE no es muy diferente, puesto que ante los hechos ocurridos dicen que no se identifican con nadie y mantienen que los hechos habían sido originados por Vito Quiles y, aunque muestra su apoyo al periodista agredido, se cuida mucho de condenar la agresión. Pareciera que el periodista fue herido por una «tormenta» generada por la extrema derecha.

Es decir, la culpa de lo sucedido la tiene Vito Quiles, que no tiene derecho ya no a ir a la Universidad sino a entrar en Navarra (véase el primer tweet, el del PSOE). A partir de ahí, los que utilizan la violencia para impedir su presencia hacen lo correcto (tweets de Irene Montero e Ione Belarra), de tal forma que si hay heridos, la culpa es del que se niega a admitir que tiene prohibido expresar sus opiniones (explicación de la secretaria de organización del PSN-PSOE, la marca del PSOE en Navarra).

No es nuevo. Hace años que soy testigo de cómo en algunos lugares de Cataluña existe la prohibición de que ciertas ideas sean expresadas. Según me explican, lo mismo sucede, desde hace décadas, en algunos lugares del País Vasco y Navarra. Luego, este fenómeno se extendió a otros lugares de España como consecuencia de la política desarrollada por la izquierda basada en la creación de un muro entre ellos y lo que califican de «fascismo» o «derechayextremaderecha» (como si fuera una sola palabra); un espacio en el que colocan a todos los que no comparten los dogmas del socialnacionalismo; esto es, la alianza entre partidos nacionalistas de derechas (PNV, Junts) e izquierdas (ERC, Bildu) con el PSOE y lo que hay a la izquierda del PSOE (Sumar, Podemos). Es verdad que no siempre toda esa amalgama vota junta (ahora Podemos es, formalmente, oposición); pero, al final, todos están en el mismo lado del muro; como puede comprobarse, por ejemplo, con el gobierno de Illa en Cataluña, posible por el eje socialnacionalista al que me refería antes.

Para que ese eje se mantenga unido es preciso que haya un enemigo común. Este enemigo es, como decía antes, el fascismo, un término que ya no tiene más sentido que el de identificar a quienes se sitúan fuera de la alianza entre nacionalistas, socialistas y extrema izquierda. La demonización de todo ese sector ideológico y la construcción de cordones sanitarios en torno a él es imprescindible para mantener la cohesión del bloque propio, una cohesión de la que depende mantener el poder.

Poco importa que en ese bloque -en el socialnacionalista- haya quien defiende expresamente la utilización de la violencia politica (CUP y ERC; ponía ejemplos en mi intervención en la Subcomisión sobre discurso de odio en el Congreso de los Diputados).

Poco importa, digo, porque «entre los nuestros», los que están en nuestro lado del muro; la violencia es, como mucho, un accidente que no altera que de ninguna forma se pueda excluir de la condición de demócratas a quienes la practican e, incluso, a quienes la reivindican.

Así pues, lo que ha sucedido en relación a la agresión del periodista de «El Español» en Navarra en el fondo no es una novedad; pero una reivindicación tan clara de la violencia como herramienta política justo tras una agresión grave como la sufrida por José Ismael Martínez, estremece.

No hay duda de la agresión (hay un vídeo que la recoge con claridad); no hay duda de que los agresores proceden del sector «antifascista» (del lado socialnacionalista del muro) y tampoco hay mucha duda de que el agredido representa a un medio que se identifica con «el otro lado» del muro. En este contexto, en vez de condenar la agresión, el PSOE se limita a mostrar su apoyo al periodista, pero dejando claro que el culpable de lo sucedido es Vito Quiles, mientras que Belarra y Montero aprovechan para loar la actuación de los antifascistas que plantan cara en la calle.

Y todo esto cuando hace poco que desde Bildu se piden medidas contra el «fascismo».

Una vez levantado el muro hay que utilizar los medios legales de los que se dispone para limitar la posibilidad de que los del «otro lado» expresen con libertad sus planteamientos (y, en este sentido, los obstáculos reiterados en las Universidades para que opiniones diferentes a las del pretendido «consenso progresista» sean expresadas es una muy mala noticia); sin renunciar a la utilización de la violencia cuando sea preciso; como hemos visto en más de una ocasión. Si, como también ha sucedido, esa violencia es tolerada o, incluso, jaleada, ¿en qué situación nos encontramos?

Ya no estamos hablando de discurso de odio; estamos hablando de violencia real y directa. Ante esta violencia solo debería caber una respuesta: condena absoluta y sin matices; pero, no nos equivoquemos; los del lado socialnacionalista del muro ya han dejado claro que para ellos es más importante seguir limitando las libertades de quienes discrepan que defender la convivencia.

Lo que ha sucedido en Navarra no es nuevo; pero, por desgracia, como decía al principio, da cuenta del clima de enfrentamiento que han conseguido generar en los últimos años.

Frente a esto, reivindico la tolerancia, que todos puedan utilizar la palabra para expresar las opiniones que tengan por conveniente, con límites mínimos que deberán ser, en su caso, controlados por jueces y tribunales, no por administraciones metidas a censores.

Reivindico que se proscriba de manera absoluta la violencia para impedir que el otro hable o para privarle de sus derechos; que se asuma con naturalidad que todos pueden usar el espacio público para decir cosas que no gustarán a todos; porque defender la libertad de expresión solo cuando lo que se expresa coincide con tus propios planteamientos no es defender la libertad de expresión.

Reivindico el fin de los cordones sanitarios. No creo que deban levantarse ni siquiera para quienes ahora defienden la violencia política, y que no son ni el PP ni Vox, sino formaciones que pretenden dar lecciones de democracia. Obviamente, ninguna credibilidad le doy ni a Bildu ni a Podemos ni al PSOE, como tampoco se la doy a ERC o la CUP por las razones que ya expuse en su día; pero eso no quiere decir que hayan de quedar excluidos del debate público y que no sea posible hablar con ellos; porque una cosa es hablar y otra llegar a acuerdos. Los que han levantado la bandera de los cordones sanitarios son, precisamente, aquellos a los que más justificadamente se les podrían imponer, pero ni siquiera ellos se lo merecen.

Reivindico el espíritu de concordia, que no implica renunciar a defender los propios planteamientos con convicción; sino que exige reconocer la otro legitimidad para defender los suyos con la misma convicción y estar dispuesto a llegar a acuerdos; sabiendo que puede haber razones que atender y compromisos que pueden ser asumidos.

En definitiva, defiendo que se tire abajo el muro que divide nuestra sociedad y que, como vemos, no solo lleva al aislamiento y al odio sino que, al final nos lleva no solamente a la violencia; sino a algo peor:

Dos días de octubre en la UAB

I. 15 de octubre

El 15 de octubre llegué a la UAB antes de las siete de la mañana. Tenía clase a las ocho y media; pero se había convocado una «huelga» estudiantil (estrictamente, una jornada de protesta, pues son los trabajadores y no los estudiantes quienes pueden ejercer el derecho de huelga) y sabía que, en esas ocasiones, hay intentos de bloquear los accesos al campus.

Fue lo que pasó. Grupos de encapuchados vestidos de negro comenzaron a mover contenedores de basura para cortar tanto el paso desde la estación de ferrocarril como los accesos por carretera. En este vídeo se ve cómo actúan.

No eran las ocho de la mañana y desde mi despacho oía como, dentro de la Facultad de Derecho, desmontaban bancos, papeleras, taquillas y otro mobiliario. Con lo que habían roto o desmontado prepararon barricadas en las puertas para que nadie pudiera acceder al edificio; pero dificultando también que pudiéramos salir los que ya estábamos dentro.

Mientras escuchaba cómo «trabajaban» pensaba en lo denigrante que resultaba que aquellos indocumentados estuvieran desmontando la Facultad impunemente sin que nadie se lo impidiera. Los profesores les mirábamos sin decir nada, lo mismo hacían los bedeles y, supongo, el personal de seguridad. La Facultad era suya y, lo peor, si nos enfrentábamos a ellos, ¿quién nos apoyaría? Lleva pasando años sin que nunca -a mi conocimiento- se haya abierto siquiera un expediente disciplinario o presentado una denuncia por los daños causados a los bienes públicos. Se les entrega la Facultad para que jueguen a hacer la revolución.

A las ocho y cuarto fui a mi clase. Me iba encontrando con profesores que me decían que era imposible dar la clase, a lo que yo sonreía y decía «imposible, no». Tenía experiencia de otros años en los que, con la ayuda de los alumnos, había retirado las barricadas que nos impedían acceder a la clase o habíamos movido a los alumnos a espacios «no controlados». Tenía claro que no me correspondía a mí impedir que desmontaran la Facultad; pero sí era mi responsabilidad hacer lo que estuviera en mi mano -incluido saltar por encima de barricadas- para dar mi clase.

Este año, sin embargo, no tuve que llegar a eso. No tenía clase en el edificio de la Facultad, sino en uno anexo en el que no había obstáculos para entrar. Llegué a mi clase donde había una decena de alumnos y di mi clase con normalidad. Tan solo tuvimos la precaución de no subir las persianas; porque sabíamos que, de hacerlo, acabarían visitándonos los piquetes para impedir que diéramos la clase.

Pese a que ya he vivido esto docenas de veces, no me acostumbro a que haya quien se crea con el derecho de limitar los míos. Nadie me puede obligar a hacer huelga y nadie puede impedir que los alumnos que lo deseen reciban la clase. Si damos por bueno que unos cuántos pueden ponerse una capucha, vestirse de negro e impedir físicamente que otros puedan ejercer sus derechos es que tenemos un menguado concepto de la democracia y de la libertad. Si mis derechos se ponen en entredicho he de defenderlos y ejercerlos, porque los derechos que no se ejercen se acaban perdiendo; y lo que nos está pasando en muchos lugares, pero especialmente en Cataluña debería ser un recordatorio de ello.

Desde mi punto de vista, las autoridades académicas deberían hacer lo que esté en su mano para impedir que se ejerzan coacciones sobre los miembros de la comunidad universitaria. El personal de seguridad debería impedir el bloqueo de puertas y rotondas, y, si es necesario, requerir la actuación de la policía para garantizar que tanto quienes desean ejercer su derecho de huelga como quienes optan por trabajar o ir a clase puedan hacerlo. Además, sería necesario condenar el destrozo del material público, la colocación de barricadas y toda limitación de la libertad individual y abrir expedientes a los estudiantes que no respetan los derechos de los miembros de la comunidad universitaria.

Por supuesto, nada de lo anterior sucede. Ante los bancos desmontados y las barricadas que obstruyen las puertas, si acaso se ve a alguna autoridad académica «negociando» con los que vigilan que nadie pueda ejercer su derecho de impartir o recibir clase. Las excepciones son mínimas. El día 15, entre ellas, la del Decano de Derecho que, personalmente, tiró abajo la barricada que le impedía acceder a la Facultad. Por supuesto, a los cinco minutos se había vuelto a montar y se apostaron a dos personas a su lado para protegerla, y así permaneció toda la mañana. Ni expedientes ni investigaciones ni actuación alguna contra los colectivos que, orgullosos, reivindican en redes cómo limitan los derechos de profesores y alumnos.

II. 16 de octubre

Se ve, sin embargo, que la tolerancia del equipo de gobierno de la UAB se agotó el día 15 de octubre. Al día siguiente, 16, estaba prevista una charla de un periodista, Vito Quiles, que había sido invitado por una organización juvenil, S’ha Acabat! con presencia en la UAB. Me ocupé de algunos de los actos organizados por ellos en varias entradas de la sección Plaza Cívica, en este mismo blog.

El equipo de gobierno de la UAB (insisto en diferenciar la institución de quienes tienen la función de dirigirla) se apresuró a decir que el acto de S’ha Acabat! y Vito Quiles no estaba autorizado; mostrando una diligencia en dejarlo claro que nunca vi respecto a montar barricadas, boicotear carpas o amenazar profesores.

De todas formas, como el acto parece que iba a realizarse en un espacio abierto y consistía en una charla, conferencia o debate (no lo sé bien), no sé hasta qué punto precisaba autorización, máxime cuando quien invitaba al comunicador era una organización juvenil con presencia en el campus. ¿Pueden los órganos de gobierno impedir que en un espacio al aire libre, aunque la titularidad de dicho espacio sea de la Universidad, alguien de una charla? Quizás sí, pero, en cualquier caso, creo que debería justificarse con cuidado; puesto que si todos los espacios públicos, en una sociedad democrática, deberían estar abiertos a la construcción de la opinión, que surge del contraste de pareceres, las universidades deberían ser especialmente cuidadosas con ese respeto a la pluralidad.

Para el mismo día y la misma hora se había convocado también otro tipo de acto.

Un explícito intento de boicotear el acto de Vito Quiles, con un eslogan de lo más integrador «Echemos a Vito Quiles». A mi conocimiento, no hubo ningún recordatorio por parte de la UAB sobre la prohibición de este boicot, ¿o estaba permitido por las autoridades académicas? A estas alturas ya nada me parecería extraño porque tengo abundantes experiencias sobre la tolerancia hacia los boicoteadores y la intolerancia hacia los boicoteados, sobre la dureza con los que reciben los golpes y el mirar para otro lado respecto a quienes les golpean.

Por las imágenes que he visto (aunque estaba cerca no fui testigo directo de lo que pasó), a las doce, en la Plaza Cívica, había tanto gente esperando la intervención de Vito Quiles como otros que intentaban que esa intervención no se produjera. No me hace falta saber qué iba a decir el señor Quiles para darme cuenta que entre los que quieren hablar y quienes intentan impedírselo, en principio, habría que tomar partido por los primeros y no por los segundos.

No lo entendió así el equipo de gobierno de la UAB (repito la necesidad de distinguir entre la institución y quienes asumen su dirección), tal y como explica en el comunicado que hizo público esta tarde.

Como puede verse, el comunicado distingue cuidadosamente entre «estudiantes», los que se oponían a la presencia de Vito Quiles; y «personas de extrema derecha», convocadas estas últimas por el propio Vito Quiles. Parece descartar el equipo de gobierno de la UAB que entre los que esperaban a Vito Quiles hubiera estudiantes (como, efectivamente, había, como he podido comprobar al ver las imágenes) y que entre los que se oponían al «activista» hubiera personas convocadas por redes sociales, pese a la existencia de convocotorias orientadas a boicotear el acto.

De todas formas, lo que más me llama la atención del comunicado es la indicación de que no se permitió a Vito Quiles salir del parking en el que había estacionado su vehículo («no se l’ha permés sortir del pàrquing«).

¡Qué contundencia del equipo de gobierno! Actuando con diligencia, impide siquiera que salga del parking una persona que pretendía dar una charla en la Plaza Cívica. Lástima que el día anterior no hubiera empleado esa misma diligencia con los encapuchados que bloqueaban los accesos al campus o montaban barricadas en las puertas de las Facultades; o, incluso, el mismo día 16, con aquellos que habían venido a echar a Vito Quiles al «grito» de «Fem fora a Vito Quiles» (por cierto, en catalán, si no voy equivocado, lo correcto es «Fem fora Vito Quiles», no «Fem fora a Vito Quiles»). Me pregunto, sin embargo, qué autoridad tenía el equipo de gobierno para impedir el desplazamiento del señor Quiles. En el comunicado, más adelante, aparece también la policía, y no sé si está participó en esta «detención» del señor Quiles o no; pero, en cualquier caso, es un extremo que, quizás, convendría aclarar, porque, serán manías mías; pero cuando las autoridades públicas impiden («no se le permitió salir del párking») que alguien se desplace líbremente cuando, además, su propósito era dar una charla, algún riesgo para la libertad puede haber en ello; máxime cuando sí se permite la movilidad de quienes quieren silenciarlo.

III. Lo de siempre

Desde hace tiempo vengo denunciando una situación que me parece preocupante: se tolera que ciertas personas utilicen la intimidación y la violencia para impedir que otros ejerciten sus derechos. Las autoridades académicas miran para otro lado cuando actúa, por ejemplo, el SEPC o los encapuchados montabarricadas y, sin embargo, pone todo tipo de obstáculos a asociaciones como S’ha Acabat!

Si las administraciones públicas apoyan determinadas ideologías y ponen trabas a otras se daña de manera seria la democracia. Cuando, además, lo anterior pasa por tolerar o no condenar actuaciones violentas, quienes se ven limitados en sus derechos se encuentran en una situación difícil. Si, además, como ha sucedido en ocasiones, la policía no acude a garantizar los derechos vulnerados la quiebra democrática comienza a ser seria. Si, finalmente, el acallar al que pretende hablar pasa no solamente por permitir actuar a quienes no esconden su voluntad de echarlo, sino que, además, al que habla se le tacha de activista de extrema derecha y a quienes le apoyan se les niega la condición de estudiantes; mientras que prácticamente se loa la actitud de quienes intentaban bociotearle el desastre tiene ya considerables dimensiones. En ese contexto, que el mismo título del comunicado de la UAB -una administración pública, recordemos- se emplee el término «extrema derecha» para enmarcar un texto en el que habrá un marcado sesgo contra la persona a la que se le atribuye ese calificativo; es casi menor; pero ahora, imaginemos por un momento que en un comunicado de una universidad en relación a un incidente en el que hubieran participado grupos de extrema izquierda se dijera algo así como «se denuncia la instrumentalización de la Universidad X que ha hecho el comunista Y», ¿no nos chirriaría algo?

A mi me chirríaría tanto este último título como el del comunicado de la UAB, ¿y a ti, querido lector?

Paz, democracia, justicia, fuerza, Venezuela

Me ha alegrado la concesión del Premio Nobel de la Paz a María Corina Machado porque me parece que reconoce una de las empresas más profundamente democráticas, justas y, a la vez, ingenuas -adjetivo que, para mí, tiene una connotación positiva- que hemos visto en los últimos años.

Éramos testigos de ello hace algo más de un año: habría elecciones en Venezuela. No serían una elecciones justas, puesto que el sistema favorecía a quien ya era presidente, Nicolás Maduro, tal y como denunció el centro Carter en su informe sobre las elecciones; pero aún así, la oposición concurrió a las elecciones.

Y lo hizo porque habían tenido una idea. Al margen del corrupto sistema de verificación oficial, a través de miles de voluntarios, se hicieron con copias de las papeletas electorales para mostrar quién era el verdadero ganador. Lo comentaba en agosto de 2024 en una entrada de mi blog. Quiero llamar la atención sobre lo extraordinario de este esfuerzo, porque las acusaciones de fraude electoral que tantas veces se repiten sin aportar pruebas definitivas del mismo, en esta ocasión se vieron respaldadas por una documentación tan contundente que nadie podría negar el auténtico resultado electoral, la mentira del proclamado y, por tanto, la falta de legitimidad del régimen de Maduro.

La oposición probó que había ganado las elecciones y que Maduro las había perdido; pero el chavismo se negó a aceptar la verdad, se proclamó como presidente a Maduro, se persiguió a la oposición y las cosas siguieron igual.

La oposición salió a la calle; pero nada pasó; el gobierno se limitó a aguantar, a controlar los resortes del poder y a esperar que todo volviera la situación anterior.

El intento de la oposición de hacer cambiar el régimen tan solo con la fuerza de la verdad se mostró, como avanzaba, ingenuo; pero la confianza que mostraron en el poder de la verdad y de la palabra merece una recompensa que comienza a verse ahora con la concesión de este premio Nobel.

Para constatar la ingenuidad del planteamiento de la oposición debemos reparar que el aparato de un estado, de cualquier estado, tiene como columna vertebral el control del ejercicio de la fuerza física. El poder tiene a la policía, al ejército y, cuando conviene, también a quienes ejercen la fuerza al margen de las instituciones pero están protegidos por estas. Unos y otros pueden encerrar, torturar, matar o amenazar de manera directa o sutil con hacer cualquiera de esas cosas. La única posibilidad de que la verdad triunfe sobre quien controla la fuerza es que quienes están encargados de ejercerla (los policías y soldados) decidan dejar de apoyar la tiranía y opten por la justicia. Ahora bien, si esa decisión no se produce de golpe, si pretende hacerse escalonadamente, cada soldado o policía que se aleje del régimen recibirá un castigo que intimidará al resto.

No es fácil, por tanto, que mediante el solo uso de la palabra y de la razón pueda ponerse fin a una situación de injusticia; incluso aunque haya movilizaciones masivas, si no se producen deserciones en las fuerzas armadas o en la policía no habrá un cambio de régimen.

Y si se producen esas deserciones, la posibilidad de un enfrentamiento armado no es descartable; porque quien mantiene los mecanismos propios del poder (administración, fuerzas armadas, medios públicos de comunicación, infraestructuras…) puede preferir la lucha a renunciar al poder.

Esa es la terrible disyuntiva a la que se enfrentan quienes cuestionan a la tiranía: o someterse o enfrentarse a ella. Y si optan por lo primero y la confrontación se basa únicamente en la palabra y en la defensa de justicia y de la democracia; puede que muchos sean detenidos, torturados o asesinados antes de que quienes realmente pueden cambiar algo (la policía y el ejército) rechacen la mentira para apoyar la verdad.

Marina Corina Machado sabía lo anterior, y pese a las oportunidades que tuvo para abandonar Venezuela, optó por seguir en el país, lo que, como destaca el comunicado del comité del Nobel, dio ánimos y fuerzas a muchos venezolanos. Seguir en Venezuela pese a los riesgos es un gesto de valentía y un sacrificio que ayuda a mantener la esperanza.

Machado ha ido más allá de lo exigible; porque a nadie puede pedírsele un sacrificio personal para traer la justicia, la democracia o la paz; y es justo que se la honre y, con ella, a todos lo que, desde Venezuela y fuera de ella, pero, especialmente, a los que siguen en el país, luchan por que la verdad triunfe.

E igual que el premio honra a los que luchan por una transición a la democracia en Venezuela, es una bofetada para los que paoyan el régimen de Maduro. Lamentablemente, entre estos apoyos se encuentran varios políticos españoles, especialmente quien fue Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, quien sigue colaborando con Maduro pese a la evidencia del fraude electoral del año 2024. En esta línea, que el gobierno de España aún no haya felicitado a Machado por la obtención del Nobel es significativo.

Como español, me resulta repugnante la colaboración de nuestro gobierno con el régimen de Maduro, una colaboración que ya se hizo evidente en la entrevista que tuvo lugar en Barajas entre el entonces ministro Ábalos y una alto cargo del régimen de Maduro que tenía prohibida su entrada en la UE.

Creo que todos estamos moralmente obligados a denunciar la mentira sobre la que se apoyan Nicolás Maduro y su gobierno. Cuando se ha podido percibir de manera palmaria que los resultados oficiales en las elecciones del año 2024 son falsos y que, por tanto, el régimen carece de legitimidad, el desprecio que se merecen quienes permanence en el poder pese a haber sido derrotados en las urnas se extiende a quienes le apoyan; y aquí hemos de mencionar, por desgracia, al actual gobierno español y al anterior presidente del gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.

No hay disculpas, no hay excusas, no hay alternativas: Maduro debe irse del gobierno, los resultados de las elecciones del año 2024 deben convertirse en realidad y Venezuela ha de transitar hacia la democracia. Corina Machado representa el intento de hacerlo con la verdad y con la palabra; pero si la palabra no es suficiente ante la fuerza bruta, deberán buscarse otros medios; y aquí la presión internacional es importante. En este marco, el Comité del Nobel ha hecho lo que tenía que hacer. El gobierno de España, sin embargo, aquí, como en tantos otros temas, nos está colocando en el lado equivocado de la historia.

Porque hay cosas que pueden discutirse; pero cuando la mentira es clara y rotunda; ese no es el lado correcto.

On Genocides, Crimes against Humanity and War Crimes

SUMMARY: I. Genocide. II War and Barbarity. III. Gaza: 1. Before Hamás. 2. Hamás. 3. Israel: A) Right to War (ius ad bellum). B) Law in War (ius in bello). C) Genocide. IV. Us

The word genocide is relatively recent. Ninety years ago, it did not exist. It was coined by Raphael Lemkin, who included it in his book Axis Rule in Occupied Europe, published in 1944 and now relatively difficult to find. Here I share a digitized version of the chapter devoted to genocide.

The creation of the term was not without controversy. Philip Sands, in his book East West Street, explained it very clearly, as well as the divergences between Lemkin and his “genocide” and Hersch Lauterpacht, the Cambridge professor who put forward the concept of “crimes against humanity.” Both Lemkin and Lauterpacht were deeply aware of the context of the Second World War and the atrocities committed during it; both had influence at the Nuremberg Trials (as Sands also explains in his book), and their work continued thereafter, as we shall soon see. Yet, the existence of grave attacks against groups of people targeted precisely for belonging to a particular ethnic, national, or religious group long predated the Second World War.

During the First World War, there was what is known as the “Armenian Genocide,” in which a significant part of the Armenian population in Turkey (perhaps more than half) was exterminated. At the same time, also in Turkey, the Assyrians and the Pontic Greeks were subjected to persecutions that could be qualified as genocide, insofar as they were directed against members of certain ethnic groups precisely for being such members. There are also known cases of persecution of ethnic groups in colonial Africa that resulted in the death of a significant portion of the group’s population—for instance, the actions of Germany against the Herero and Namaqua in present-day Namibia in the early years of the 20th century. Of course, in the more distant past we can also find examples of persecutions of religious or ethnic groups aimed at their physical extermination.

In any case, one of the most chilling aspects of genocides is that, as a rule, they entail an enormous loss of life in relation to the group that is targeted. In the case of the Armenian Genocide, as noted, at least 50% of the Armenians living in Turkey died (there is no consensus among sources regarding either the total number of victims or the size of the Armenian population in Turkey at the beginning of the 20th century). In the Jewish Holocaust during the Second World War, between 60% and 67% of Europe’s Jewish population perished. During the genocide of the Tutsis in 1994, estimates range from 50% to 80% of the entire Tutsi population in Rwanda. Harrowing.

It should come as no surprise that, despite the technical doubts raised by the concept of genocide created by Lemkin, it was embraced, because it reflected a profound and essential horror. Thus, in 1948 an international convention was concluded for the prevention and punishment of the crime of genocide. The convention provides a more limited definition of genocide than that found in Lemkin’s text. According to Article II of the 1948 Convention, two elements must be present in order to qualify as genocide: on the one hand, the commission of one of the acts listed in Article II, which we shall examine shortly. On the other hand, those acts must be carried out with the intent to destroy, in whole or in part, a national, ethnic, racial, or religious group “as such”; that is, the group itself is the target, so that the harm inflicted upon individuals is instrumental to the destruction of the group.

As for the acts that must be committed, these are:

  • The killing of members of the group.
  • Causing serious bodily or mental harm to members of the group.
  • Deliberately inflicting on the group conditions of life calculated to bring about its physical destruction, in whole or in part.
  • Imposing measures intended to prevent births within the group.
  • Forcibly transferring children of the group to another group.

As can be seen, the text of the Convention leaves out actions such as, for example, the confiscation of the group’s property, which Lemkin did consider a manifestation of genocide if carried out to weaken the national entities to which the victims belonged. In any case, for conduct to be classified as genocide, the intent to destroy, in whole or in part, a national, ethnic, racial, or religious group—or part thereof—is indispensable. Proving such intent is not straightforward, since attacks or persecution against specific groups may occur for reasons other than the intention to exterminate the group.

The above helps explain why, in many cases where the existence of genocide is alleged, the lack of proof of that element of intent leads to the conduct being classified instead as crimes against humanity.

Thus, for example, it is not easy to assert that the persecution of Christians in some African countries, or other religious persecutions on the continent, can be classified as genocide, since proving that specific intent—the will to destroy a group as such—is generally not straightforward, as already noted.

Genocide, however, does not exhaust the catalogue of international crimes. These also include crimes against humanity, war crimes, and the crime of aggression. Crimes against humanity encompass certain offenses committed in the context of a widespread or systematic attack against civilians; war crimes, on the other hand, generally punish actions carried out during war that lack valid military justification or that are disproportionate. In armed conflicts, it may sometimes be difficult to determine whether we are dealing with war crimes or crimes against humanity, since wars always produce civilian victims alongside combatants. In this context, crimes against humanity and war crimes serve as tools to regulate barbarity—because war is, ultimately, barbarity.

Looking at history, we see that there have been no “clean” wars (or, if there have been, they are exceedingly rare). Wars have meant massacres, torture, threats, mistreatment of prisoners, attacks on civilian populations, starvation, slavery, mutilations… One need only read The Gallic War to see this. For example, when the massacre of Avaricum is recounted:

Cum viderent in nullam partem sese dimicare audere neque ab his qui murum tuebantur locum virtuti relinqui, universi, iactis armis, signo dato ex oppido ad extremas portas concurrunt; pars a militibus impeditis in angustiis caeditur, pars equitatu circumventa interficitur. Neque ulla praedae neque captivorum petendae facultas datur: sic enim omnes sunt atrocitate recentis supplici et laboris longinqui taedio ad caedem sublati, ut ne senibus quidem, mulieribus, pueris pepercissent. Quo facto ex iis qui numero ad quadraginta milia fuerunt, vix octingenti qui primo clamore audito ex oppido eruperant, incolumes ad Vercingetorigem pervenerunt (Julio Cesar, De Bello Gallico, VII).

«When they saw that they did not dare to fight in any direction and that those who were defending the wall left no room for valor, all together, after throwing down their arms, at a given signal rushed from the town to the farthest gates. Some were cut down by the soldiers, hampered in the narrow passage, others were surrounded by the cavalry and slain. No opportunity was given to seek booty or to take prisoners: for so much were all carried away to slaughter by the cruelty of the recent punishment and the weariness of the long toil, that not even the aged, nor women, nor children were spared. As a result, of the number which had amounted to about forty thousand, scarcely eight hundred, who had burst out of the town at the first alarm, reached Vercingetorix in safety».

It is but one example among many. To mention just two others: on the one hand, the sack of Rome in 1527 by the troops of Charles V, where looting, rapes, killings, and other atrocities were committed against the civilian population; and on the other, Goya’s depictions of the Peninsular War at the beginning of the 19th century.

War, barbarity, and civilian victims are, therefore, terms that can hardly be separated. This explains why the dead in armed conflicts go far beyond the combatants; and not only because of the atrocities committed against the population, but also due to the consequences of military actions themselves (on June 6, 1944 alone, some 3,000 French civilians died as a result of the preparatory bombings for the Allied landing in Normandy) and the deprivations caused by the lack of food or medical resources.

An analysis of the total victims of wars illustrates this. Thus, in the Spanish War of Independence, between 1808 and 1814, it is estimated that around 500,000 people died—approximately 5% of Spain’s population at that time. Fifty years later, the U.S. Civil War also caused about half a million deaths in the Confederacy. Considering that its population was just over nine million inhabitants, the percentage of deaths relative to the total population rose to 6%. In 1870–1871, during the siege of Paris in the Franco-Prussian War and the subsequent Commune uprising, it is estimated that nearly 4% of the city’s population perished as a consequence of the fighting and the broader effects of the conflict.

During the Second World War, the impact of the conflict on the overall population was even greater. I have already mentioned the 3,000 French civilian victims killed by Allied bombings in Normandy on a single day, June 6, 1944. That figure was probably higher than the number of German soldiers killed that same day and not far below the number of Allied soldiers who died during the landing (around 4,000).

The total death toll of the conflict confirms the extreme lethality of that war—not only among combatants but also among civilians. In Poland and France, for instance, civilian deaths outnumbered military ones. In France, there were about 200,000 combatants killed, while civilian victims numbered nearly 400,000. In Poland, the imbalance was even more extreme: around 240,000 combatants killed and more than five million civilian victims. In this case, a very large part of those victims were Jews exterminated during the Holocaust, meaning that it was the combination of genocide with the barbarity of war that explains such extraordinarily high mortality in Poland.

In the Soviet Union, too, civilian deaths exceeded military ones (around 16 million civilian victims compared with about 10 million combatants killed). In Italy, civilian and military deaths were almost equal (a little over 300,000 each), and in Germany, despite the extraordinarily high number of civilian deaths (several million), the number of combatants killed was even higher (between four and five million). Even in the case of the United Kingdom, which did not suffer the war on its own territory, there were more than 60,000 civilian victims, mainly due to the bombings of 1940 and the V-1 and V-2 rockets launched by Germany in the final phase of the war.

In any case, the percentage of deaths in those countries that endured the war on their own soil is truly harrowing.

The conflicts that followed the Second World War were also enormously lethal. Thus, for example, in the Vietnam War, between 1965 and 1973, according to the most conservative estimates, about 900,000 Vietnamese were killed, roughly half of whom were civilians—representing more than 2% of the population. In the Second Iraq War, between the start of operations in 2003 and the withdrawal of U.S. troops in 2011, there were at least 300,000 deaths, well over half of them civilians. Those 300,000 deaths amounted to roughly 1% of Iraq’s population.

The most recent conflicts are likewise terrible in terms of mortality. More than 600,000 people have died in the Syrian Civil War, which represents nearly 3% of the country’s population. Again, the percentage of civilian deaths is close to half of the total. In Yemen, a civil war has been raging for years, involving foreign actors (as in Syria), and it has caused nearly 400,000 deaths (according to the most widely cited sources, about 1% of the population), in addition to food crises and other humanitarian disasters (displacement, persecution, torture…).

The combination of armed conflict with torture, arbitrary detentions, summary executions, and other atrocities is not, as we have seen, a rarity but—unfortunately—the norm in the wars the world has known; and the existence of regulations on crimes against humanity or war crimes does not seem to have changed this reality. Examples could also be drawn from the wars in Yugoslavia in the 1990s and, more recently, from the war in Ukraine or the war in Syria.

In the case of Syria, for instance, it is striking that the country’s current president, Ahmed al-Sharaa, was once a member of Al Qaeda and Jabhat al-Nusra, and later leader of Hay’at Tahrir al-Sham (HTS)—the latter two being fighting organizations in the Syrian war accused, for example, of carrying out public executions of women accused of adultery.

And also of arbitrary arrests, unlawful detentions, disappearances, confiscations, harassment and intimidation of women, and other human rights violations.

Which has not prevented the leader of that organization from addressing the United Nations General Assembly a few days ago in his capacity as President of Syria.

The message is clear: the barbarity of war may not seem so barbaric if, in the end, one emerges victorious. In fact, it is no secret that some of the actions carried out by the Allies during the Second World War might well have been judged as crimes against humanity had they lost the war. A pilot who fought in Europe with the American forces made this very remark to his superior after receiving a particular order.

According to what we have seen, atrocities in the course of wars appear to be consubstantial to them; which means that conflicts cause victims not only among combatants but also among the civilian population. These include not only deaths, but also those who suffer torture, rape, arbitrary detention, hunger, or other consequences of the conflict.

Right now we are witnessing a conflict in Gaza that is nothing more than one episode in a much broader confrontation between the State of Israel and certain countries and groups that oppose its existence. Over the decades, this confrontation has evolved; some countries that were once fierce enemies of Israel no longer maintain such an attitude toward the Jewish state, while at the same time there are now actors that did not even exist a few years ago. Moreover, among the countries and organizations opposed to Israel there are also deep divisions, which makes the situation anything but simple.

As is well known, after World War I the United Kingdom assumed control of Palestine, which at that time included present-day Jordan and the territories west of the Jordan River. Relatively soon, however, the British established separate administrations for Transjordan (today’s Jordan) and “Palestine,” the territory stretching from the Jordan River to the Mediterranean, bordering Lebanon and Syria to the north and the Sinai Peninsula to the south.

In Palestine, Jewish communities began to settle as early as the late 19th century. Some were fleeing persecution in various places (Tsarist Russia, for example), while others pursued the dream of rebuilding a Jewish nation in the land that had been their ancestral home centuries earlier. The persecution of Jews in Europe in the years leading up to and during World War II increased Jewish immigration to Palestine, which in turn provoked tensions with the Arab population already established in the territory. The British, who were responsible for the territory, proposed the partition of Palestine into a Jewish state and an Arab state. This solution was approved by the United Nations General Assembly on November 29, 1947.

A few months later, on May 14, 1948, coinciding with the departure of the last British troops from Palestine, the provisional government of Israel—established by the various organizations representing the Jewish population in Palestine—proclaimed the State of Israel. The Arab countries did not recognize it, and for months hostilities unfolded that ended with a ceasefire in which Israel expanded the territory originally assigned to it under the proposed partition of Palestine, and which led to the displacement of hundreds of thousands of Palestinians, both during and after the armed clashes.

Israel went to war again in 1956, facing Egypt in the conflict triggered by the latter’s attempt to gain effective control of the Suez Canal (which was in the hands of a Franco-British company). Later, in 1967, during the Six-Day War, Israel came to control the Sinai Peninsula, the West Bank, and the Golan Heights (on the border with Syria), as well as the Gaza Strip, which had previously been under Egyptian administration.

After 1967, all of Palestine (distinct from Transjordan, present-day Jordan) came under Israeli control. The Palestinians, without a nation of their own (except for those who are Israeli citizens, approximately two million), found themselves subject to a foreign power and facing restrictions on their rights. Terrorism intensified and violence continued. There was yet another large-scale war between the Arab countries and Israel: the Yom Kippur War in 1973 (after which Israel returned the Sinai Peninsula to Egypt), as well as other military operations against terrorist groups harassing Israel, such as the campaign in southern Lebanon in 1982, which aimed to destroy the infrastructure of the Palestine Liberation Organization (PLO). During the course of that campaign, the Sabra and Shatila massacre took place, in which Lebanese militiamen allied with Israel killed several hundred Palestinian and Lebanese refugees in the camps where they were settled—camps that by the time of the attack had already become neighborhoods of Beirut.

Despite enormous difficulties, the Oslo negotiations (1993–1995) marked progress in mutual recognition between the PLO (which recognized Israel’s right to exist) and Israel (which recognized the PLO, a terrorist organization, as the representative of the Palestinian people).

This, however, did not mean the end of the conflict. The Palestinian National Authority (PNA) assumed administrative functions in the occupied territories, but tensions continued as a result of the settlement policy, which involved Jewish populations being established in those territories—something rejected by the Palestinians.

he PLO abandoned terrorism and became Israel’s political partner in its new role as the civil administrator of the occupied territories; but other terrorist organizations, such as Palestinian Islamic Jihad, the Popular Front for the Liberation of Palestine, and Hamas, continued carrying out attacks—some of them suicide bombings—causing several hundred deaths. Added to this were the sustained Palestinian uprisings known as the Intifadas: the first preceded the Oslo Accords (1987–1993), and the second took place between 2000 and 2005. In the context of this second Intifada, Israel began constructing a barrier that separated certain areas of the West Bank from Israel and from some of the Jewish settlements in the occupied territories. The construction of that barrier was declared contrary to international law by the International Court of Justice.

In this context, elections were held in the occupied territories in 2006, which Hamas won. Fatah, the organization once led by Yasser Arafat and which had played a leading role for decades, lost to a group that was more violent and advocated direct confrontation with Israel. Despite its victory, Hamas did not take control of the West Bank, where the PNA under Fatah remained in power; but it did take over the governance of the Gaza Strip.

Hamas was created in 1987, during the First Intifada in Palestine, and presented itself as a branch of the Muslim Brotherhood movement. Its ideology is Islamist and nationalist (Palestinian). Its 1988 Charter had a strongly anti-Israeli character, to the point that it can be interpreted as advocating not only the elimination of the State of Israel but also of the Jewish population itself (see especially Article 28). The text also refers to the role assigned to women (Articles 17 and 18) and to the notion that the practice of religions other than Islam is only conceivable “under the shadow of Islam” (Article 6). Strikingly, in the second paragraph of the Charter appears the well-known statement: Israel will be established and will stay established until Islam nullifies it as it nullified what was before it.”

n 2017, Hamas published a new document in which, although it maintained its claim to the entire territory of Palestine (from the river to the sea, point 2), it stated that a sovereign Palestinian state with Jerusalem as its capital, within the territory defined by the 1967 borders, could represent a national consensus solution (point 20). This statement, however, did not imply renouncing the view that the rest of the territory of Palestine remained occupied territory. In addition, the document emphasized that its conflict was with Zionism, not with the Jews (point 16).

Since 2007, Hamas has controlled the Gaza Strip, having established a parallel administration to that of the PNA, which no longer exercises any function in the Strip. According to international organizations, executions—both public and private—as well as torture are carried out in Gaza. Freedom of expression and political dissent are restricted, and the role of women is secondary, in line with what was set out in Hamas’s Founding Charter (as noted earlier). The Strip also became a base for terrorist attacks against Israel, mainly through rocket launches or the construction of tunnels used to infiltrate the south of the country. However, everything changed in scale with the attacks of October 7, 2023.

n the attack, several thousand Hamas fighters likely took part, killing more than a thousand people in a single day and taking several hundred hostages to Gaza. The images of the hostages being taken into Gaza, humiliated by their captors and by parts of the population, shocked the entire world and, I assume, also Israel.

The images of what happened on October 7 are horrific; but, as I have already noted, wars are horrible, they always have been and, unfortunately, they always will be, and the existence of rules on war crimes or crimes against humanity does not change that.

And what exists between Hamas and Israel is a war; the difficulty lies in the fact that it is not an easy war to characterize legally, since one of the parties is not a state entity, but rather an organization whose goal is the creation of a Palestinian state, which does not exclude—and indeed employs—violence to try to achieve that goal, and which exercises effective control over the population and territory of Gaza, although Israel controls the borders, territorial waters, and airspace. Moreover, formally Gaza continues to be part of the occupied territories over which the PNA could exercise its administrative functions, although in fact this is not the case.

Would international law legitimize a response by Israel against Hamas, which would entail attacking Gaza with the possibility of causing harm to the civilian population? It would appear so (with the qualifications that will be examined below). It would be absurd, I believe, to argue that in the face of an attack such as that of October 7 the only legitimate legal reaction would be to request Hamas’s cooperation in handing over to Israel those responsible for the attacks and in obtaining the release of the hostages. Regardless of the legal status of Gaza, what is evident is that those responsible for both the attacks and the kidnappings are the authorities who exercise effective control over the territory and population of the Gaza Strip. We are not dealing with a terrorist organization operating clandestinely; rather, we are dealing with those who exercise public power in a territory. This is what makes the difference between a war and a police operation. That is the perspective we must adopt in order to assess Israel’s actions.

Thus, Israel’s operations in Gaza are acts of war. Another matter is whether there is justification from the perspective of international law, which is not as clear as it might seem, as we shall see below.

First of all, reference is often made to Israel’s right of “self-defense”; but it does not appear that Israel has formally invoked Article 51 of the United Nations Charter (the right of self-defense) as justification for its operations in Gaza. In the letter that Israel’s ambassador to the United Nations addressed to the Secretary-General of the Organization and to the Presidency of the Security Council, it is stated that Israel “will take all necessary measures to protect its citizens and defend its sovereignty against the ongoing terrorist attacks perpetrated by Hamas and other terrorist organizations originating from the Gaza Strip”; but it does not explicitly invoke the right of self-defense.

And there are reasons for this. The right of self-defense is conceived for aggressions by one State against another State, and the actions it legitimizes are limited not only by the principle of proportionality but also by that of necessity; that is, only those measures aimed at neutralizing the aggressor’s attack capabilities are justified. Moreover, the seriousness of the attack must be assessed in “international” terms. In other words: is Israel’s existence threatened by Hamas’s attacks? Is its territorial integrity at risk? It does not seem so. Of course, this does not mean that Israel can do nothing; but from the strict perspective of the right of self-defense as regulated in Article 51 of the United Nations Charter, I am not convinced that one could justify an operation aimed at taking control of Gaza. Consider, for example, if Ukraine were to claim—if it had the capacity to do so—that the exercise of its right of self-defense against Russian aggression entitled it to occupy the whole of Russia. In fact, there has already been debate as to whether that right of self-defense justified its attack in Kursk, which led it to control part of Russian territory for a time.

Too little attention is paid to how limited the right to use force is, even in cases of self-defense, after the United Nations Charter. If the current doctrine on the use of force between States had been applied in 1945, the Allies should have stopped their advance on Germany at the Rhine River, and the Soviets would not have been able to go beyond East Prussia; or they would only have been allowed to penetrate Germany as far as necessary to neutralize its military capability. The United States would not have been able to invade Okinawa and, later, occupy Japan. Unconditional surrender is not a legitimate objective for the use of force.

And yet, in the face of an attack such as that of October 7, and with more than 200 hostages in Gaza, one must ask whether it is reasonable to expect a State to limit itself to requesting that the Security Council condemn such attacks. On the other hand, in this case we are not dealing with aggression by another State, nor even from the territory of another State, since Gaza is neither another State nor part of Egypt or of any other internationally recognized country—except for Palestine itself, but together with the West Bank, not as an autonomous entity. Moreover, Israel has never relinquished control of Gaza’s land borders, airspace, and territorial waters; therefore, in a certain sense, it continues to be the “occupying power” of the territory. From this perspective, and with qualifications, Israel’s position vis-à-vis Hamas would be similar to that of any State facing an armed group that manages to control part of its territory. In such cases, the use of force to regain effective control of the territory would indeed be justified, which would entitle Israel to an operation aimed at achieving total control of the Strip; with the caveat, however, that the Gaza Strip is not territory of the State of Israel, but rather, in its case, occupied by Israel. That said, Israel does not emphasize this argument, because doing so would imply that it must assume responsibility over the territory; something that, nevertheless, it now curiously seems willing to do.

Thus, doubts can be raised about the legal fit of Israel’s military operations in Gaza; but, broadly speaking, there has been less discussion of that than of the conformity, with international law, of the way those operations are carried out. In other words, whatever the justification or argument used regarding Israeli actions, from an international perspective they must be actions directed against military objectives and that cause the civilian population the least possible harm. If these requirements are not met, we could be facing war crimes or crimes against humanity. In the almost two years we have been in this phase of the conflict (because the conflict, in reality, as we have seen, began much earlier), accusations of excesses by the IDF (Israel Defence Forces) have been frequent. Moreover, the images of bombed hospitals, displaced civilians and civilian deaths, including children, have impacted world public opinion.

The previous images are apparently genuine; others that have been circulated, however, have been proven to be false or are likely false, even generated with AI tools.

In war, controlling the narrative also matters; this is why each side will try to draw international sympathies to its cause, and it is natural to attempt to portray the adversary as bloodthirsty and oneself as a victim. Israel disseminated in various ways the images of the October 7 attacks, and since the beginning of the offensive in Gaza the consequences of Israel’s military actions have been widely circulated, with emphasis placed on the targeting of civilian objectives such as hospitals, journalists, or people waiting for food deliveries.

It is not only a matter of appealing to public opinion emotionally, but also of moving into the sphere of legal assessment, so that there are already cases before the International Criminal Court against the Prime Minister of Israel and his Minister of Defense for actions in Gaza. They are accused of crimes against humanity and war crimes.

What is being investigated is whether Israel’s actions are directed against civilians as part of a widespread and systematic attack on the civilian population in Gaza. If this were the case, it would constitute crimes against humanity.

From the Israeli perspective, however, the argument put forward is that, despite efforts made to minimize harm to the civilian population, the operation to dismantle Hamas—given the organization’s penetration into the territory and among the population—makes it impossible to carry it out without civilian casualties.

Of course, it will surely be difficult to carry out a large-scale military operation in a territory with a population density of more than 6,000 inhabitants per square kilometer without the number of civilian casualties being high. To get an idea: the Gaza Strip has a surface area similar to that of the Maresme region in Barcelona, but with five times the population.

Naturally, the immediate question is why the population of Gaza does not flee. There is a border with Egypt (the Rafah crossing) that would allow an exit for civilians, or at least for part of the civilian population (children, the elderly, women), as happened in Ukraine after the Russian invasion, or as we have seen in so many conflicts (such as Spanish Republican refugees who crossed into France in 1939). The problem here is that Egypt does not allow this flow of refugees, which leaves the population of Gaza trapped. Israel, before carrying out operations in a given area, warns the population to evacuate; but where are they to go? It is a situation similar to a siege, but one in which there is an escape door that is not used. In fact, considering the besieged area and the population affected, the war in Gaza resembles the siege of Paris in the years 1870–1871 that has already been mentioned, even in terms of the order of magnitude of the deaths. The siege of Paris is estimated to have cost the lives of 4% of the population, and so far in Gaza it is estimated that 2.5% of its population has died.

In addition to the high population density, there is another factor that makes operations more difficult: the fighters do not wear uniforms. From the perspective of international humanitarian law, this requires the duty of distinction to be applied with the utmost rigor in order to avoid civilian casualties, but it is not a negligible factor when legally assessing the actions of the IDF in Gaza.

With regard to the attacks on hospitals, mosques, and other civilian buildings, Israel’s argument is that they are used as weapons depots or infrastructure by Hamas, which does not distinguish between military and civilian facilities, or even exploits Israel’s obligation to respect the latter for military purposes. The evidence presented by Israel has been questioned, insofar as independent verification is limited or non-existent, and also because—even admitting the military use of certain civilian facilities—it could still be debated whether the Israeli attacks are proportionate. Moreover, it has been argued that some of those attacks (for example, on the Al-Ahli hospital in October 2023) were in fact the result of failed Hamas rockets aimed at Israel.

In short, it is obvious that Israel’s operations in Gaza have caused numerous civilian casualties. Unfortunately, this was to be expected in a war taking place in such a densely populated area, where fighters tend to blend in with the civilian population and where those controlling hospitals, schools, and infrastructure are the same ones doing the fighting. However, this difficulty does not exempt Israel from responsibility, since the obligation to apply the principle of distinction and proportionality with the utmost rigor in such cases is beyond dispute.

The fact that what is happening in Gaza corresponds point by point with what is common in all conflicts—especially those fought in urban centers—does not alter the legal characterization that Israel’s actions may merit. Nothing we are witnessing is different from what the Allies did during World War II; but, as we noted earlier, under today’s rules the Allies would not have been able to move beyond Germany’s borders in 1939 nor demand its unconditional surrender. If the bombings of Dresden or Tokyo were to be filtered through the lens of current humanitarian law, many people who today have streets named after them, pictures in institutions, or even Nobel Prizes should be standing trial before the ICC.

(Dresden in 1910)

(Dresden after the bombing of 1945)

Thus, the legal assessment of Israel’s actions cannot rest on comparisons with the past. The fact that today, as we have seen, it is common for armed conflicts (international or civil) to be accompanied by acts that must objectively be classified as war crimes or crimes against humanity, and that are not prosecuted (see supra section II), does not affect the characterization of Israel’s actions either. What must be examined is whether civilian casualties could have been avoided and whether all necessary diligence was exercised to that end; this requires an individualized analysis of each action, an examination that, at this point, is difficult to carry out objectively.

Another issue that must be considered is that of humanitarian aid, including food aid, in Gaza. One of the accusations against Israel is that it prevents the delivery of such humanitarian aid; however, Israel argues that the international agencies distributing that aid are not neutral, that in some of them there are workers who have collaborated with Hamas, and that instead of being distributed neutrally among the entire population according to their needs, the aid is used to assist Hamas or to strengthen Hamas’s role among the population (by indirectly controlling the delivery of aid). For this reason, Israel has proposed that the aid be delivered by Israel itself, a proposal that has been rejected by the UN and other international agencies.

The problem has a certain complexity. Israel controls access to Gaza and, in addition, controls part of the territory, although another part remains under Hamas control. The distribution of humanitarian aid should be carried out by neutral actors, but Israel denies that, for example, UNRWA (the United Nations Relief and Works Agency for Palestine Refugees in the Near East) acts as a neutral agent. Thus, for instance, while UNRWA refuses to cooperate with Israel in the delivery of humanitarian aid, it does not raise the same issue with Hamas when delivering aid in the areas still under that organization’s control. Since it does not consider UNRWA a neutral agent, Israel claims its right, as the power that de facto controls the territory, to inspect the aid and verify that it is not intended to benefit the fighters.

On the other hand, Israel offers “safe” zones within the Strip itself to receive humanitarian aid; but Hamas discourages the population from making use of this possibility, as reported by several sources, including the Report of the Independent International Commission of Inquiry on the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem, and Israel of June 14, 2024 (no. 59, in fine).

That is to say, the problems of lack of humanitarian aid in Gaza do not have a direct and obvious answer such as: “Israel wants to starve Gazans”; rather, they involve responsibilities on the part of several actors, including Hamas and also the humanitarian agencies that have not been able to present themselves as neutral agents in the conflict.

From what we have seen so far, the ICC has already begun to act with regard to the Israeli authorities for the possible commission of war crimes and crimes against humanity. Obviously, these are accusations that are not entirely without basis, given current international humanitarian law; but they must be examined carefully in light of the circumstances of an armed conflict taking place in a fundamentally urban, densely populated environment, in which one of the combatants is at the same time the party controlling hospitals, schools, mosques, and, until the beginning of the Israeli operation, the only de facto public authority on the ground. This is compounded by the tendency to blur the line between civilians and combatants who are not part of a uniformed and formally organized army.

Despite all of the above, the debate—especially in some countries, and we will have to return to this a little later—focuses on whether or not Israel is committing acts of genocide in Gaza. South Africa filed a case against Israel before the International Court of Justice (ICJ) to this effect, which resulted in a ruling by the Court in January 2024. While it did not affirm that genocide was being committed, it did consider South Africa’s allegations to be plausible and adopted provisional measures.

Apart from these provisional measures (and others that followed along the same lines), which do not qualify Israel’s actions as genocide, there are no resolutions by either the UN Security Council or the UN General Assembly that characterize Israel’s actions in Gaza as genocide. There is, however, a report by the Independent International Commission of Inquiry on the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem, and Israel (COI-OPT), which we will address shortly, as well as numerous statements by political leaders around the world, artists, organizations, and ordinary commentators who do not hesitate to describe what is happening in Gaza as genocide.

On this issue, the only thing I am certain of is that it is not possible to be certain. I will say in advance that my impression is that genocide is not being committed in Gaza, and I will give my reasons; but always with the caution that what is happening on the ground is not sufficiently known, and that in situations of conflict it is difficult to know the reality of what is taking place because propaganda comes from all sides involved. Only in the future, with more data and testimonies available, could a balanced judgment be made.

As I have just indicated, however, my impression is that what is happening in Gaza cannot be qualified as genocide. As I mentioned in Section I, proving the crime of genocide is difficult, because it requires establishing an animus, the intent to destroy all or part of an ethnic, national, or religious group, which is not easy. Moreover, since genocide is regarded as the most heinous of crimes, the standard of proof must be even more compelling; that is, there can be no doubt about genocide—or, better put, if there is doubt, then it is not genocide.

By this I do not mean that the doubts we have now invalidate the accusation of genocide; what I mean is that once all the evidence is available, it must be clear that there was a will to exterminate all or part of a particular group, as such (we emphasized the importance of that “as such” in Section I); if that clarity is absent, the classification should be different.

But before addressing that animus, I want to pause on another point: although it may seem cold or dehumanizing, the question of numbers is not entirely irrelevant; and if we consider the death toll in Gaza, we see that it is closer to that of an armed conflict than to that of a genocide.

Of course, the above is not definitive. Genocide can exist where there is a clear will to extinguish an ethnic, national, or religious group, even if—fortunately—that purpose does not succeed; but if we want to be objective, when the percentage of victims resembles so closely that of a military conflict, it is necessary to explain the reasons why the alleged perpetrator of genocide fails to carry out his purpose.

In the case of Gaza, where there are military explanations for the actions, the burden of proof rests on those who claim that these military operations are in fact concealing a genocidal intent, which, in my view, fits poorly, for example, with the prior warnings issued by the IDF before bombings or attacks. The existence of such warnings does not make the actions legitimate, and it cannot be ruled out that they may be considered war crimes or crimes against humanity, as we noted earlier; but it does make it more difficult for them to be considered genocidal acts.

The COI-OPT report, however, takes this step—although, in my view, without being convincing.

When it comes to proving genocidal intent, inferences that allow for another interpretation are not sufficient; the only reasonable conclusion must be the purpose of exterminating an ethnic, national, or religious group “as such.”

(ICJ Judgment of 26 February 2007 in the case Bosnia and Herzegovina v. Serbia and Montenegro)

(ICJ Judgment of 3 February 2015, Croatia v. Serbia)

In the COI-OPT report, however, the approach is the opposite: in statements that could be interpreted as excluding genocidal intent, emphasis is placed instead on those aspects that would lead to the conclusion that such a will to exterminate does exist. For example, in paragraph 168 of the Report it is noted that, although Netanyahu explicitly addresses Hamas, it is considered to show genocidal intent that he uses the expression “wicked city.”

In paragraph 169, for its part, genocidal intent is inferred from statements by Israel’s Minister of Defense that explicitly refer to Hamas; although, read in their entirety, they could be interpreted as referring only to the combatants and not to all Palestinians.

In this regard, the COI-OPT considers relevant statements by President Herzog that did not explicitly call for genocide and that were later qualified; that is, a pattern of conduct can be observed on the part of the Commission consisting in emphasizing those statements that may support genocidal intent and downplaying those that contradict it, which is precisely the opposite of what should be done in such cases.

In conclusion, the COI-OPT document appears to show a certain confirmation bias toward the thesis of genocide, which does not seem consistent with the regulation of this international crime or with the interpretation given by the International Court of Justice.

As we saw in the previous section, Israel’s actions in Gaza—setting aside their ultimate justification (ius ad bellum)—could amount to war crimes or crimes against humanity, even though they do not depart from what have—unfortunately—been common practices in past wars and even in present ones (the war in Syria, to name just one example). However, attempting to go further and qualify them as genocide, I believe, does not withstand objective analysis. The crime of genocide, precisely because of its gravity, because of the examples we have had of it, because of the millions of victims it has claimed, and because of the role played in the international order by the mechanisms for its prevention, prosecution, and punishment, must be used with rigor and must not be instrumentalized.

The war in Gaza is not something distant from us. At the same time, it is profoundly divisive in Western societies, including Spanish society.

Being fully aware of the complexity of the Middle East conflict, when the attacks of October 7, 2023 took place I was deeply affected. These, moreover, are not feelings one chooses; but the truth is that, although there are other examples of massacres and atrocities, this one struck me deeply.

In the state of mind I was in on October 7 and 8, I was surprised by the calls for pro-Palestinian demonstrations on those days. Indeed, Palestinians are one thing and Hamas is another, but at that moment such demonstrations—which, as was later confirmed, were anticipatory reactions to Israel’s response—could be understood as support, even if indirect, for the massacre perpetrated by Hamas.

These demonstrations also coincided with statements by politicians and authorities which, in that context, could be interpreted as support for the Palestinian claims that had led to the October 7 attacks.

In those days I could not stop thinking that those demonstrations and statements would not have taken place had the October 7 attacks not occurred. The idea that there was a connection between those atrocities, demonstrations in Madrid or Barcelona, and statements by leaders of my own country sent a chill through me.

And let me be clear: I am aware, as I have said, that in the Middle East conflict Israel, or those who support (or are supported by) Israel, have committed many atrocities; but just as I would have found it nauseating to see a pro-Israeli demonstration immediately after the Sabra and Shatila massacre mentioned in Section III.1, I was repulsed by the pro-Palestinian demonstrations after the October 7 attacks.

Since October 2023, as the images of October 7 have faded and the actions of the Israeli army have come to the forefront, condemnation of Israel has grown in many countries; and in some, such as ours, the Palestinian cause has become an instrument of polarization. The insistence on demanding that Israel’s actions be labeled genocide—even though, as I explained in Section III.3.C), the only clear thing is that it is not clear—is, in my view, indicative of this instrumental use of the Gaza conflict. In Spain, for example, faced with almost any criticism the opposition raises against the government, the argument is that the PP must call the situation in Gaza genocide.

An insistence on the use of the term “genocide” that has penetrated many institutions. Thus, for example, a few days ago, at my university, the Autonomous University of Barcelona, we received the following collective email from our Rector:

As can be seen, he states that the UN has confirmed genocide in Gaza, which is quite far from the truth, since he is referring to the COI-OPT report, which, as its very name indicates, is independent; that is, it does not express the position of the UN as an international organization. Moreover, he refers to an earlier statement in which he had already addressed the university community, asserting in advance that what is happening in Gaza constitutes genocide.

From my perspective, this kind of institutional stance on an issue of such difficulty (as we have seen) contributes neither to a calm debate nor to a better understanding of the problems at stake. As I have said, I am outraged by the instrumentalization of the conflict, an instrumentalization that, as I have already suggested, seems intended to deepen the division of society rather than to help address the many problems we face, both in our own country and elsewhere.

Beyond this instrumentalization, there is another dimension that must be considered. With all the complexity of the Middle East conflict, it is still possible to identify its sides. To simplify greatly: on one side, Israel; on the other, the Palestinians. In Spain there are those who unreservedly adhere to the Palestinian cause—they are “their own,” and they defend Palestinian advances as if they were their own and lament any setbacks as if they were personal. The demonstrations that followed immediately after the October 7, 2023 attacks, to which I referred earlier, cannot be explained without this “they are our side” component.

I do not identify with either side. I do not hide the fact that, as I said, the October 7 attacks had a deep impact on me, nor do I hide my sympathy with the Jewish people, especially in light of what they have suffered in the past century and of the ties they have with my own country, Spain. That said, this does not prevent me from recognizing their abuses and mistakes. I have always criticized the settlement policy, the construction of the barrier, and, moreover, I disagree with the conception of Israel as a state based on a particular religion (or ethnicity). I believe that countries should be built on citizenship, not religion, and on radical equality among all people—something which, in my view, is not the case in Israel.

Still less could I ever identify with Hamas. It is enough to read its founding documents to realize that its outlook is Islamist, in the sense that in the state it seeks Islam would stand above all other religions. It does not regard women as equal to men, and it carries out violence against civilians without even asking whether they are combatants or not. I would be repulsed to do anything that could be understood as support for Hamas.

And yet, from my own country, from my own city, a flotilla sets out in which a group of people head toward Gaza in an attempt to break the Israeli blockade and in explicit support of the Palestinian cause.

@eldiario.es

Ada Colau anuncia que se embarcará en la flotilla que zarpa este domingo 31 de agosto desde Barcelona para romper el asedio en Gaza Ha aprovechado para denunciar la falta de acción y la «cobardía» por parte de los Gobiernos europeos, incluido el de España #AdaColau #Gaza #activista #ayudahumanitaria #Palestinalibre

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The discourse of the two sides is that one must stand with one of them. It is significant that at the time of the flotilla’s departure Ada Colau said that if Gaza does not surrender, neither could they surrender.

It is significant because the ones who can (or cannot) surrender are those who are fighting; and in this war, the ones fighting are Israel and Hamas. Gaza is the battlefield. Thus, Colau’s statement can only be understood to mean that if Hamas does not surrender, neither will they.

Who knows if in the future we will see Netanyahu in prison and one of Hamas’s leaders speaking before the United Nations General Assembly, just as Ahamda Al-Sharaa—now President of Syria and not so long ago the leader of an organization that practiced summary executions, torture, and arbitrary detentions—did a few days ago. If that happens, I believe it would not be good news. If you do not treat all criminals equally, in the end no one will believe in justice, and it will be assumed that the only things that matter are force and propaganda.

It is not the world I would like, but, unfortunately, in the world closest to me it is dramatic to see how concern for rigor and objectivity has been replaced by the instrumentalization of others’ suffering, the pursuit of polarization, and the subordination of institutions—which should be neutral and foster open debate—to propaganda.

Sobre genocidios, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra

SUMARIO: I. Genocidio. II. Guerra y barbarie. III. Gaza: 1. Antes de Hamás. 2. Hamás. 3. Israel: A) Derecho a la guerra (ius ad bellum). B) Dereho en la guerra (ius in bello). C) Genocidio. IV. Nosotros.

La palabra genocidio es relativamente reciente. Hace noventa años no existía. La inventó Raphael Lemkin y la incluyó en su libro Axis Rule in Occupied Europe, publicado en 1944 y que ahora es relativamente difícil de encontrar. Aquí comparto una versión digitalizada del capítulo dedicado al genocidio.

La creación del término no estuvo exenta de polémica. Philip Sands, en su libro «Calle este, calle oeste» lo desarrolló de una manera muy clara, así como las divergencias entre Lemkin y su «genocidio» y Hersch Lauterpacht, el profesor de Cambridge, que postulaba el concepto «crímenes contra la humanidad». Tanto Lemkin como Lauterpacht tenían muy presente el contexto de la II Guerra Mundial y las atrocidades que se cometieron en ella; ambos tuvieron influencia en el Juicio de Nuremberg (lo explica también Sands en su libro) y su trabajo tuvo continuidad, como veremos enseguida; pero la existencia de gravísimos atentados contra grupos de personas determinados en tanto que miembros de un determinado grupo étnico, nacional o religioso eran anteriores a la II Guerra Mundial. Durante la I Guerra Mundial se produjo el conocido como «genocidio armenio«, en el que una parte significativa de la población armenia en Turquía (quizás más de la mitad de ella) fue exterminada. En esa misma época, y también en Turquía, los asirios y los griegos del Ponto fueron objeto de persecuciones que podrían ser calificadas de genocidio, en tanto en cuanto iban dirigidas contra los pertenecientes a ciertos grupos étnicos en tanto que miembros de ese grupo. También se conocen casos de persecución a grupos étnicos que causaron la muerte de una parte significativa de la población integrante del grupo en el África colonial; así las acciones de Alemania contra los hereros y namaquas, en la actual Namibia, en los primeros años del siglo XX. Por supuesto, en el pasado también hay ejemplos de persecuciones a grupos religiosos o étnicos orientadas al exterminio físico del grupo.

En cualquier caso, algo que estremece en relación a los genocidios es que, por lo general, suponen una enorme pérdida de vidas en relación al grupo que se configura como objetivo. En el caso del genocidio armenio, como se ha indicado, al menos el 50% de los armenios que había en Turquía murieron (no existe unanimidad en las fuentes ni sobre el número total de víctimas ni sobre la cifra de población armenia en Turquía al comienzo del siglo XX). En el holocausto judío durante la II Guerra Mundial murió entre el 60% y el 67% de la población judía en Europa. Durante el genocidio del que fueron víctimas los tutsies en 1994, las cifras varían entre el 50% y el 80% del total de la población tutsie en Rwanda. Estremecedor.

No debería sorprender que, pese a las dudas técnicas que planteaba el concepto de genocidio creado por Lemkin, fuese acogido, porque reflejaba un horror profundo y esencial. Así, en 1948 se concluyó un convenio internacional para la prenvención y sanción del delito de genocidio. El convenio da una definición de genocidio más limitada que la que resulta del texto de Lemkin. Según el art. II del Convenio de 1948, para que estemos ante un supuesto de genocidio deben darse dos elementos: por un lado la realización de alguno de los actos que se recogen en este artículo II y que veremos enseguida. Por otro lado, esos actos han de tener la finalidad de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso «como tal»; esto es, que lo que se persigue es el grupo; de tal forma que el daño que se produce en las personas es instrumental para la destrucción del grupo.

En cuanto a los actos que han de cometerse, estos son:

  • La matanza de miembros del grupo.
  • La lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo.
  • El sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial.
  • Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo.
  • El traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.

Como puede verse, el texto del convenio deja fuera actuaciones como, por ejemplo, la confiscación de bienes del grupo, que Lemkin si consideraba como manifestación del genocidio si se hacía para debilitar las entidades nacionales a la que pertenecían las personas que sufrían la confiscación. En cualquier caso, para que pueda hablarse de genocidio es indispensable que haya esa voluntad de destruir total o parcialmente un grupo étnico, nacional, racial o religioso o parte de él; una prueba que no es sencilla, puesto que pueden producirse atentados o persecución contra grupos específicos que puedan deberse a causas que no sean la intención de exterminio del grupo.

Lo anterior explicaría que en muchos casos en los que se plantea la existencia de un genocidio, ante la falta de prueba de ese elemento volitivo, la calificación que se acaba utilizando es la de crímenes de lesa humanidad.

Así, por ejemplo, no es sencillo afirmar que la persecución a los cristianos en algunos países africanos y otras persecuciones religiosas en el continente puedan ser calificadas como genocidio, puesto que la prueba de ese dolo específico: la voluntad de destruir un grupo como tal, no es, por lo general, fácil, tal y como se ha indicado.

Ahora bien, el genocidio no agota el catálogo de los crímenes internacionales. Estos también incluyen los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. Los crímenes de lesa humanidad incluyen ciertos delitos cometidos en el marco de un ataque generalizado o sistemático contra civiles; los crímenes de guerra, por su parte, en términos generales, sancionan acciones que se desarrollan durante una guerra, que no tienen una justificación militar válida o que resultan desproporcionadas. En el caso de los conflictos armados puede dudarse, en determinados casos, sobre si estamos ante crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad, porque en las guerras siempre hay víctimas civiles junto con los combatientes. En este contexto, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra son herramientas para regular la barbarie, porque la guerra es eso, barbarie.

Si se examina la historia, veremos que no ha habido guerras «limpias» (o si las ha habido, son poco frecuentes). Las guerras han supuesto matanzas, torturas, amenazas, maltrato a prisioneros, ataques a la población civil, hambre, esclavitud, mutilaciones… Basta tomar el texto de la Guerra de las Galias para comprobarlo. Así, por ejemplo, cuando se relata la masacre de Avarico:

«Cuando vieron que ninguno se lanzaba a luchar abajo y que nuestros soldados los rodeaban ocupando toda la muralla, temiendo que se les quitara la ocasión de huir, arrojadas las armas, al instante se dirigieron con ímpetu hacia el extremo de la ciudad; una parte fue muerta por los soldados allí, cuando por la estrecha salida de las puertas se apretujaban, y otra, que ha había salido por las puertas sucumbió ante la caballería. No hubo quien se cuidara del botín. Así, excitados por la matanza ocurrida en Cénabo y por las fatigas del asedio, no perdonaron i a los ancianos, mujeres ni niños. Por fin, de entre todo el número, que se aproximó a los cuarenta mil hombres, apenas ochocientos, que al principio huyeron de la ciudad a los primeros gritos, llegaron sanos y salvos ante Vercingetórige». Julio César, Guerra de las Galias, traducción de Vicente López Soto, Barcelona, Editorial Juventud, 1971, pp. 189-190.

Es un ejemplo entre muchos. Por poner solamente otros dos, recordemos, por una parte, el saqueo de Roma en 1527 por las tropas de Carlos V, donde se produjeron pillajes, violaciones, muertes y otras atrocidades contra la población civil y, por otra, las imágenes de Goya sobre la Guerra de la Independencia, a comienzos del siglo XIX.

Guerra, barbarie y víctimas civiles son, por tanto, términos que difícilmente pueden separarse. Esto explica que los muertos en los conflictos bélicos vayan mucho más allá de los combatientes; y no solo por las atrocidades que se cometen sobre la población, sino también por las consecuencias sobre ésta de las acciones de guerra (solamente el 6 de junio de 1944, unos 3000 civiles franceses murieron como consecuencia de los bombardeos preparatorios para el desembarco de los Aliados en Normandía) y de las privaciones que resultan de la falta de alimentos o recusos sanitarios. Un análisis de las víctimas totales de las guerras da cuenta de lo anterior. Así, en la Guerra de la Independencia española, entre 1808 y 1814, se calcula que murieron en torno a 500.000 personas, un 5% aproximadamente de la población de España en esa época. Cincuenta años más tarde, la Guerra Civil en Estados Unidos causó también del orden de medio millón de muertos en la Confederación. Teniendo en cuenta que su población era de poco más de nueve millones de habitantes, el porcentaje de fallecidos sobre el conjunto de la población ascendió al 6%. En 1870-1871, durante el sitio de París en el marco de la guerra franco-prusiana y la posterior revuelta de la Comuna, se calcula que casi un 4% de la población de la ciudad falleció como consecuencia de los combates y de las consecuencias del conflicto bélico.

Durante la II Guerra Mundial, el impacto del conflicto sobre el conjunto de la población fue todavía mayor. Ya he mencionado las 3.000 víctimas civiles francesas como consecuencia de los bombardeos Aliados en Normandía tan solo en un día, el 6 de junio de 1944. Más, probablemente, que los soldados alemanes muertos ese mismo día y no muy inferior al número de soldados aliados fallecidos en el desembarco (unos 4.000). Las cifras de víctimas mortales en el conjunto del conflicto confirman la tremenda letalidad de esa guerra; no solamente entre los combatientes, sino también para la población civil. Así, en el caso de Polonia y Francia son más las víctimas mortales civiles que las de combatientes. En Francia hubo unos 200.000 combatientes muertos, mientras que las víctimas civiles fueron casi 400.000. En el caso de Polonia es aún más extremo: hubo unos 240.000 combatientes muertos y más de cinco millones de víctimas civiles. En este caso, una parte muy importante de estas víctimas fueron judíos exterminados durante el holocausto, de tal manera que es la mezcla de genocidio con la barbarie de la guerra lo que explica esta alta mortalidad en Polonia. En la Unión Soviética también hubo más víctimas civiles que militares (unos 16 millones de víctimas civiles y unos 10 millones de combatientes fallecidos). En Italia, las víctimas civiles y las militares están casi igualadas (algo más de 300.000 militares y también algo más de 300.000 civiles) y en Alemania, pese al altísimo número de civiles muertos (varios millones), los combatientes muertos son todavía más (entre cuatro y cinco millones). Incluso en el caso del Reino Unido, que no sufrió la guerra dentro de sus fronteras, hubo más de 60.000 víctimas civiles, como consecuencia, principalmente, de los bombardeos durante el año 1940 y las V-1 y V-2 que lanzó Alemania en la fase final de la guerra. En cualquier caso, el porcentaje de fallecidos en los países que sufrieron la guerra sobre su territorio es estremecedor.

Los conflictos que siguieron a la II Guerra Mundial fueron también enormemente letales. Así, por ejemplo, en la guerra de Vietnam, entre 1965 y 1973, murieron, de acuerdo con las estimaciones más conservadoras, unos 900.000 vietnamitas, de los que la mitad, aproximadamente, eran civiles; lo que representaba más del 2% de la población. En la segunda guerra de Irak, entre el inicio de las operaciones en 2003 y la retirada de las tropas de Estados Unidos en 2011, hubo al menos 300.000 muertos; de los que bastante más de la mitad eran civiles. Esos 300.000 muertos son un 1% aproximadamente de la población de Irak.

Los conflictos más recientes son también terribles en cuanto a mortalidad. Más de 600.000 personas han muerto en la guerra civil de Siria, lo que supone casi un 3% de la población del país. De nuevo, el porcentaje de civiles muertos se acerca a la mitad del total. En el Yemen se vive desde hace años una guerra civil con implicación de actores extranjeros (como en Siria) que ha provocado casi 400.000 muertos (según las fuentes más citadas, aproximadamente un 1% de la población), además de crisis alimentarias y otros desastres humanitarios (desplazados, persecución, torturas…).

La mezcla de conflicto bélico con torturas, detenciones arbitrarias, ejecuciones sumarias y demás atrocidades no es, como hemos visto, una rareza, sino -por desgracia- lo habitual en los conflictos bélicos que ha conocido el mundo; y la existencia de regulaciones sobre los crímenes de lesa humanidad o los crímenes de guerra no parece que haya cambiado lo anterior. Podrían ponerse también ejemplos de las guerras de Yugoslavia en los años 90 del siglo XX y, más recientemente, en la guerra de Ucrania o en la guerra de Siria.

En el caso de Siria, por ejemplo, llama la atención que quien ejerce actualmente la presidencia del país, Ahmed al-Sharaa, quien fue miembro de Al Qaeda y Jabhat al-Nusra y líder de Hay’at Tahrir al Sham (HTS), las dos últimas, organización combatiente en la guerra de Siria acusadas de, por ejemplo, llevar a cabo ejecuciones pública de mujeres acusadas de adulterio.

Y también de arrestos arbitrarios, detenciones ilegales, desapariciones, confiscaciones, acoso e intimidación contra las mujeres y otras violaciones de derechos humanos.

Lo que no ha impedido que el líder de esa organización se dirigiera a la Asamblea General de las Naciones Unidas hace unos días en su calidad de presidente de Siria.

El mensaje es claro: la barbarie en la guerra quizás no lo es tanto si al final se acaba venciendo. De hecho, a nadie se le oculta que algunas de las acciones que llevaron a cabo los aliados durante la II Guerra Mundial quizás hubieran sido valoradas como crímenes contra la humanidad de haber perdido la guerra. Un piloto que combatió en Europa con las fuerzas americanas así se lo comentó a su superior tras recibir una determinada orden.

De acuerdo con lo que hemos visto, resulta que las atrocidades en el curso de las guerras parecen consustanciales a ella; lo que implica que los conflictos no solamente causan víctimas entre los combatientes, sino también entre la población civil. Tanto víctimas mortales como otras que sufren torturas, violaciones, detenciones arbitrarias o el hambre u otras consecuencias del conflicto.

Ahora mismo asistimos a un conflicto en Gaza que no es más que un episodio en una confrontación mucho más amplia entre el estado de Israel y ciertos países y grupos que se oponen a su existencia. A lo largo de las décadas este enfrentamento ha ido mutando; de tal manera que algunos países que fueron acérrimos enemigos de Israel en su momento, ahora no tienen esta actitud ante el estado judío; mientras que en este momento hay actores que hace unos años ni siquiera existían. Por otra parte, entre los países y organizaciones contrarios a Israel también hay profundas diferencias, lo que hace que la situación sea de todo menos sencilla.

Como es sabido, tras la I Guerra Mundial, el Reino Unido asumió el control de Palestina, que en aquel momento incluía la actual Jordania y los territorios al oeste del río Jordán. Relativamente pronto, sin embargo, los británicos establecieron administraciones diferenciadas para Transjordania (la actual Jordania) y «Palestina», el territorio que va desde el río Jordán hasta el Mediterráneo, limitando al norte con Líbano y Siria y al sur con la península del Sinaí.

En Palestina, ya desde finales del siglo XIX comenzaron a establecerse comunidades judías que o bien huían de las persecuciones en uno y otro lugar (la Rusia zarista, por ejemplo) o bien perseguían el sueño de poder reconstruir una nación judía en el territorio que había sido su sede ancestral siglos atrás. La persecución a los judíos en Europa en los años previos a la II Guerra Mundial y durante ésta aumentó la llegada de judíos a Palestina, lo que provocó tensiones con la población árabe que ya estaba establecida en el territorio. Los británicos, responsables del territorio, plantearon la división de Palestina en un estado judío y otro árabe. Esta solución fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 29 de noviembre de 1947.

Unos meses más tarde, el 14 de mayo de 1948, coincidiendo con la salida de las últimas tropas británicas de Palestina, el gobierno provisional de Israel, que habían creado las diferentes organizaciones que representaban a los judíos en Palesina, proclamó el estado de Israel. Los países árabes no lo reconocieron y durante meses se desarrollaron hostilidades que acabaron con un alto el fuego en el que Israel aumentó el territorio que originalmente se le atribuía en la propuesta de división de Palestina y que acarreó el desplazamiento de cientos de miles de palestinos; durante los enfrentamientos bélicos y con posterioridad a ellos.

Israel volvió a entrar en guerra en 1956, al enfrentarse a Egipto en el marco del conflicto generado por el intento de este último país de obtener el control efectivo del Canal de Suez (que estaba en manos de una compañía francobritánica). Más tarde, en 1967, en la Guerra de los Seis Días, Israel pasó a controlar la península del Sinaí, Cisjordania y los Altos del Golán (en la frontera con Siria), además de la Franja de Gaza, que estaba antes bajo administración egipcia.

Tras 1967, toda Palestina (diferenciada de Transjordania, la actual Jordania) pasó a estar controlada por Israel. Los palestinos, sin nación (excepto aquellos que son ciudadanos israelíes, aproximadamente unos dos millones), se encuentran en una situación de sometimiento a un poder extranjero y con restricción de derechos. El terrorismo se intensificó y la violencia continuó. Aún hubo otra guerra a gran escala entre los países árabes e Israel, la guerra del Yom Kippur en 1973 (tras la que Israel devolvió el Sinaí a Egipto) y otras operaciones militares contra los grupos terroristas que hostigan a Israel, como la campaña en el sur del Líbano en 1982, que tenía por objetivo destruir la infraestructura de la Organización para la Liberación de Palestina (OLP). En el curso de esa campaña se produjo la masacre de Sabra y Chatila, en la que milicianos libaneses, aliados de Israel mataron varios centenares de refugiados palestinos y libaneses en los campamentos en los que estaban asentados, campamentos que en el momento del ataque ya se habían convertido en barrios de Beirut.

Pese a las enormes dificultades, en las negociaciones de Oslo (1993-1995) se avanzó en el reconocimiento mutuo entre la OLP (que reconoció el derecho de Israel a existir) e Israel (que reconoció a la OLP, una organización terrorista, como representante del pueblo palestino)

Lo anterior, sin embargo, no supuso el fin del conflicto. La Autoridad Nacional Palestina (ANP) asumió funciones administrativas en los territorios ocupados, pero las tensiones continuaron como consecuencia de la política de asentamientos, que implicaban que en esos territorios se establecían poblaciones judías, lo que era rechazado por los palestinos.

La OLP abandonó el terrorismo y se convirtió en socio político de Israel, en su nuevo rol como administrador civil de los territorios ocupados; pero otras organizaciones terroristas, como la Yihad Islámica Palestina, el Frente Popular para la Liberación de Palestina y Hamás continuaron con atentados, algunos de ellos suicidas, causando varios centenares de muertos. A esto se unen las revueltas palesinas sostenidas, conocidas como Intifadas, la primera precedió a los acuerdos de Oslo (1987-1993) y la segunda se desarrolló entre 2000 y 2005. En el marco de esta segunda Intifada, Israel comenzó la construcción de un muro que separaba determinadas zonas de Cisjordania de Israel y de algunos de los asentamientos judíos en los territorios ocupados. La construcción de ese muro fue declarada contraria al derecho internaicional por el Tribunal Internacional de Justicia.

En este contexto, en 2006 se llevan a cabo elecciones en los territorios ocupados que gana Hamás. Fatah, la organización que en su día había liderado Yasser Arafat y que había tenido un papel protagonista desde hacía décadas perdió ante un grupo más violento y que defendía una confrontación directa con Israel. Pese a la victoria, Hamás no se hizo con el control de Cisjordania, donde se mantuvo la ANP controlada por Fatah; pero sí pasó a gobernar la Franja de Gaza.

Hamás fue creada en 1987, durante la primera Intifada en Palestina y se presentó como una rama del movimiento «Hermanos Musulmanes«. Su ideología es islamista y nacionalista (palestina). Su Carta Fundacional de 1988 presentaba un marcado carácter antiisraelí, hasta el punto de poder interpretarse que defendía la eliminación no solamente del estado de Israel, sino también de la población judía (vid. especialmente su art. 28). La lectura del documento habla también del papel que reservan a la mujer (arts. 17 y 18) o de cómo solamente es concebible la práctica de religiones diferentes del Islam «bajo la sombra» de éste (art. 6). Llama la atención que en el segundo párrafo de la Carta aparece la famosa cita: «Israel se establecerá y existirá hasta que el Islam lo destruya como destruyó lo que le precedió«.

En 2017 Hamás publicó un nuevo documento en el que aunque mantenía su reivindicación del territorio de toda Palestina (desde el río hasta el mar, punto 2) planteaba que un estado soberano palestino con capital en Jerusalén en el territorio definido por las fronteras de 1967 podría ser una solución de consenso nacional (punto 20). Esta afirmación, sin embargo, no suponía renunciar a considerar el resto del territorio de Palestina como territorio ocupado. Además, en el documento subraya que su conflicto es con el sionismo, no con los judíos (punto 16).

Desde 2007 Hamás controla la Franja de Gaza, habiendo establecido una administración paralela a la de la ANP, que ya no ejerce ninguna función en la Franja. Según informan organismos internacionales, en Gaza se practicas ejecuciones públicas y privadas y torturas. La libertad de expresión y la disidencia política están limitadas y el papel de las mujeres es secundario, en línea con lo que se mantenía en la Carta Fundacional de Hamás (que veíamos antes). La Franja, además, se convirtió en base para ataques terroristas contra Israel, principalmente mediante lanzamiento de cohetes o la construcción de túneles que servían para infiltrarse en el sur del país. Ahora bien, todo cambió de escala con los ataques del 7 de octubre de 2023.

En el ataque participaron, probablemente, varios miles de combatientes de Hamás que mataron a más de mil personas en un solo día y se llevaron varios centenares de rehenes a Gaza. Las imágenes de los rehenes entrando en Gaza siendo vejados por sus captores y por parte de la población impactaron en todo el mundo y, supongo, también en Israel.

Las imágenes de lo sucedido el 7 de octubre son terribles; pero, como ya he señalado, las guerras son horribles, siempre lo han sido y, por desgracia, siempre lo serán, sin que la existencia de normas sobre crímenes de guerra o de lesa humanidad cambien eso.

Y lo que hay entre Hamás e Israel es una guerra; lo que sucede que no es una guerra fácil de caracterizar jurídicamente, puesto que una de las partes no es una entidad estatal, sino una organización cuyo objetivo es conseguir la creación de un estado palestino, que no descarta -y de hecho utiliza- la violencia para intentar alcanzar ese objetivo y que ejerce el control efectivo sobre la población y el territorio de Gaza, aunque es Israel quien controla las fronteras, el mar territorial y el espacio aéreo. Además, formalmente Gaza sigue siendo parte de los territorios ocupados sobre los que podría ejercer su función de administración la ANP, aunque, de hecho, no sea así.

¿Legitimaría el derecho internacional una respuesta de Israel contra Hamás, lo que implicaría atacar Gaza con la posibilidad de causar daños a la población civil? Parece ser que sí (con los matices que se verán a continuación). Resultaría absurdo -creo- mantener que ante un ataque como el del 7 de octubre la única reacción legítima, desde una perspectiva legal, fuera pedir la cooperación de Hamás para entregar a Israel a los responsables de los atentados y obtener la liberación de los rehenes. Con indepencia del estatus jurídico de Gaza lo que resulta evidente es que nos encontramos con que los responsables tanto de los atentados como de los secuestros son autoridades que controlan de manera efectiva el territorio y la población de la Franja de Gaza. No estamos ante una organización terrorista que opera en la clandestinidad; sino ante quienes ejercen el poder público en un territorio; esto es lo que marca la diferencia entre una guerra y una operación policial. Esa perspectiva es la que tenemos que considerar para valorar la actuación de Israel.

Así pues, las operaciones de Israel en Gaza son operaciones de guerra. Otra cosa es si existe justificación desde la perspectiva del derecho internacional, lo que no es tan claro como pudiera parecer, tal y como veremos a continuación.

En primer lugar, se alude con frecuencia al derecho de Israel a la «legíma defensa»; pero no parece que Israel haya usado formalmente el art. 51 de la Carta de las Naciones Unidas (derecho a la legítima defensa) como justificación para sus operaciones en Gaza. En la carta que el embajador de Israel ante las Naciones Unidas dirigió al Secretario General de la Organización y a la Presidencia del Consejo de Seguridad se dice de que Israel «tomará todas las medidas necesarias para proteger a sus ciudadanos y defender sus soberanía de los continuos ataques terroristas que pepetran Hamás y otras organizaciones terroristas y cuyo punto de origen es la Franja de Gaza»; pero no alega de manera explícita el derecho a la legítima defensa.

Y hay razones para ello. El derecho a la legítima defensa está pensado para agresiones de un Estado contra otro Estado y las acciones que legitima no están limitadas solamente por el principio de proporcionalidad, sino por el de necesidad; esto es, solamente están justificadas aquellas medidas orientadas a neutralizar las capacidades de ataque del agresor. Por otra parte, hay que medir la gravedad del ataque en términos «internacionales». Es decir, ¿corre peligro la existencia de Israel por los ataques de Hamás? ¿Está en riesgo su integridad territorial? No lo parece. Por supuesto que eso no quiere decir que Israel no pueda hacer nada; pero desde la perspectiva estricta del derecho a la legítima defensa que se regula en el art. 51 de las Naciones Unidas no veo claro que se pueda justificar una operación que tuviera como objetivo tomar el control de Gaza. Piénsese en que Ucrania, por ejemplo, pretendiera -si tuviera capacidad para ello- que el ejercicio de su derecho a la legítima defensa frente a la agresión rusa le permitiera ocupar toda Rusia. De hecho, ya se ha discutido que ese derecho a la legítima defensa habilitara su ataque en Kursk que le llevó a controlar por un tiempo una parte del territorio ruso.

Se repara poco en lo limitado que es el derecho al uso de la fuerza, incluso en caso de legítima defensa, tras la Carta de las Naciones Unidas. Si la doctrina actual sobre el uso de la fuerza entre Estados se hubiera aplicado en 1945, los aliados deberían haber detenido su avance sobre Alemania en el río Rin y los soviéticos no hubieran podido pasar de Prusia Oriental; o tan solo hubieran podido penetrar en Alemania lo necesario para neutralizar su capacidad militar. Estados Unidos no hubiera podido invadir Okinawa y, posteriormente, ocupar Japón. La rendición incondicional no es un objetivo legítimo para el uso de la fuerza.

Y, sin embargo, ante un ataque como el del 7 de octubre, y habiendo más de 200 rehenes en Gaza, cabe preguntarse si es razonable pedir que un Estado se limite a pedir al Consejo de Seguridad que condene dichos ataques. Por otra parte, en este caso no estamos ante una agresión por parte de otro Estado y, ni siquiera, desde el territorio de otro Estado, pues Gaza ni es otro Estado ni forma parte Egipto o de otro país reconocido internacionalmente; excepto la propia Palestina; pero junto con Cisjordania, no como ente autónomo. Por otra parte, Israel nunca ha renunciado al control de las fronteras terrestres, el espacio aéreo y el mar territorial de Gaza; por lo que, en cierta forma, sigue siendo la «potencia ocupante» del territorio. Desde esta perspecrtiva, y con matices, la posición de Israel respecto a Hamás sería parecida a la que tendría cualquier estado ante un grupo armado que consigue controlar parte de su territorio. En estos casos sí estaría justificado el uso de la fuerza para recuperar el control efectivo del territorio, lo que habilitaría a Israel para una operación orientada al control total de la Franja; eso sí, con el matiz que se adelantaba de que la Franja de Gaza no es territorio del Estado de Israel, sino, en su caso, ocupado por Israel. Ahora bien, Israel no pone el énfasis en este argumento porque supondría que debería asumir la responsabilidad sobre el territorio; cosa que, sin embargo, curiosamente, parece dispuesta a hacer.

Así pues, se pueden plantear dudas sobre el encaje legal de las operaciones militares de Israel en Gaza; pero, en líneas generales, no se ha discutido tanto eso como la adecuación, respecto al derecho internacional, de la forma en que se desarrollan esas operaciones. Es decir, sea cual sea la justificación o el argumento que se utilice en relación a las actuaciones israelíes, desde la perspectiva internacional han de ser actuaciones que se dirijan contra objetivos militares y que causen a la población civil el daño mínimo posible. De no responder a estas exigencias podríamos estar ante crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad. En los casi dos años que llevamos en esta fase del conflicto (porque el conflicto, en realidad, como hemos visto, empezó mucho antes) son frecuentes las acusaciones de excesos por parte de las IDF (Israel Defence Forces). Las imágenes, además, de hospitales bombardeados, los civiles desplazados y las muertes de civiles, incluidos niños, han impactado a la opinión pública mundial.

Las imágenes anteriores son, aparentemente, verdaderas; otras que se han difundido, en cambio, se ha probado que son falsas o que son probablemente falsas, incluso generadas con herramientas de IA.

En la guerra también importa controlar el relato; es por ello que cada parte intentará arrastrar las simpatías internacionales hacia su bando; para lo que es natural intentar mostrar al adversario como sanguinario y a uno mismo como víctima. Israel difundió de diversas formas las imágenes de los atentados del 7 de octubre y desde el comienzo de la ofensiva en Gaza se difunden ampliamente las consecuencias de las acciones militares de Israel, poniendo el acento en que se atacan objetivos civiles como hospitales, periodistas o personas que están esperando la llegada de comida.

No se trata solo de tocar el corazón de la opinión pública, sino que de ahí se pasa a la valoración jurídica, de manera que ya hay causas abiertas en la Corte Penal Internacional contra el primer ministro de Israel y su ministro de defensa por las actuaciones en Gaza. Se les acusa de crímenes contra la humanidad y de crímenes de guerra.

Lo que se investiga es si las acciones de Israel se dirigen contra civiles en el marco de un ataque amplio y sistemático contra la población civil en Gaza. Si se diera esto último, se trataría de crímenes contra la humanidad.

Desde la perspectiva israelí, sin embargo, el planteamiento que se hace es el de que, pese a los esfuerzos que se realizan para minimizar el daño a la población civil, la operación de desarticulación de Hamás, dada la penetración en el territorio y entre la población de la organización terrorista, imposibilita realizarla sin daños civiles.

Desde luego, resultará, seguramente, difícil desarrollar una operación militar a gran escala en un territorio en el que la densidad de población es de más 6.000 habitantes por kilómetro cuadrado sin que las víctimas civiles sean elevadas. Para hacerse una idea: la Franja de Gaza tiene una superfie parecida a la de la comarca del Maresme en Barcelona, pero con cinco veces más población.

Por supuesto, la pregunta inmediata es por qué la población de Gaza no huye. Existe una frontera con Egipto (el paso de Rafah) que permitiría una salida para los civiles o, al menos, a parte de los civiles (niños, ancianos, mujeres), tal como sucedió en Ucrania tras la invasión rusa; o como hemos visto que ha pasado en tantos conflictos (refugiados republicanos españoles que pasaron a Francia en 1939, por ejemplo). El problema aquí es que Egipto no permite esa salida de refugiados, por lo que la población de Gaza está atrapada. Israel, antes de realizar operaciones en una determinada área, avisa a la población para que la abandone; pero, ¿dónde van? Es una situación parecida a la de un sitio, pero en el que el que existe una puerta de escape que no es utilizada. De hecho, por la superficie sitiada y la población afectada, la guerra de Gaza se asemeja al sitio de París en los años 1870-1871 que ya se ha mencionado, incluso en el orden de magnitud de los fallecimientos. El sitio de París se calcula que costó la vida a un 4% de la población y hasta ahora en Gaza se calcula que ha muerto un 2,5% de su población.

Además de la alta densidad de población hay otro factor que contribuye a dificultar las operaciones: los combatientes no usan uniforme. Desde la perspectiva del derecho internacional humanitario, esto obliga a extremar la obligación de distinción para evitar víctimas civiles, pero no es un factor desdeñable a la hora de valorar jurídicamente las actuaciones de la IDF en Gaza.

En lo que se refiere a los ataques a hospitales, mezquitas y otros edificios civiles, el argumento de Israel es el de que son utilizados como depósitos de armas o infraestructuras por Hamás, que no diferenciaría entre instalaciones militares y civiles o que, incluso, aprovecharía la obligación que tiene Israel de respetar estas últimas para fines militares. Las pruebas aportadas por Israel son cuestionadas en tanto en cuanto la verificación independiente es limitada o inexistente y, además, porque, incluso admitiendo el uso militar de ciertas instalaciones civiles, podría discutirse si los ataques israelíes son proporcionados. Además, se ha discutido si algunos de esos ataques (por ejemplo, al hospital Al-Ahli, en octubre de 2023) no son, en realidad, resultado de fallos de cohetes de Hamás dirigidos contra Israel.

En definitiva, es obvio que las operaciones de Israel en Gaza han provocado abundantes víctimas civiles. Por desgracia, era lo esperable en una guerra que se desarrolla en una zona tan densamente poblada, en la que los combatientes tienden a confundirse con la población civil y en la quienes controlan hospitales, escuelas e infraestructuras son los mismos que combaten. Ahora bien, esta dificultad no supone exoneración de responsabilidad para Israel, ya que la obligación de exrtremar el principio de distinción y proporcionalidad en estos casos no admite discusión.

El hecho de que lo que esté sucediendo en Gaza se corresponda punto por punto con lo que es habitual en todos los conflictos, y más en los que implican núcleos urbanos no altera la calificación jurídica que puedan merecer las actuciones israelíes. Nada de lo que estamos viendo es diferente de lo que hicieron los aliados durante la II Guerra Mundial; pero, como comentábamos antes, con las reglas actuales los aliados no hubieran podido pasar de las fronteras de Alemania en 1939 ni exigirle su rendición incondicional. Si se pasaran por el tamiz del derecho humanitario actual los bombardeos de Dresde o Tokio muchas personas que tienen calles dedicadas, fotos en las instituciones o premios Nobel, deberían estar siendo juzgados por el TPI.

(Dresde en 1910)

(Dresde tras los bombardeos de 1945)

Así pues, la valoración jurídica de las actuaciones de Israel no puede descansar en comparaciones con el pasado. El hecho de que en la actualidad, como hemos visto, sea habitual que los conflictos bélicos (internacionales o civiles) lleven aparejada la comisión de actos que objetivamente deban ser calificados como crímenes de guerra o de lesa humanidad que no son persguidos (vid. supra epígrafe II) tampoco afecta a la calificación de las actuaciones de Israel. Lo que deberá examinarse es si las víctimas civiles pudieron ser evitadas y si se empleo toda la diligencia necesaria para ello; lo que exige un análisis individualizado de cada acción, un examen que, en estos momentos, es díficil que pueda producirse de manera objetiva.

Otro tema que ha de ser considerado es el de la ayuda humanitaria, incluida la alimentaria, en Gaza. Una de las acusaciones que pesa sobre Israel es la de impedir la llegada de esa ayuda humanitaria; ahora bien, Israel alega que las agencias internacionales que distribuyen esa ayuda no son neutrales, que en algunas hay trabajadores que han colaborado con Hamás y que esa ayuda en vez de distribuirse de manera neutral entre toda la población de acuerdo con sus necesidades es utilizada para ayudar a Hamás o para reforzar el papel de Hamás entre la población (al controlar indirectamente la entrega de la ayuda). Es por eso que Israel ha propuesto que la ayuda sea entregada por Israel, a lo que se ha negado la ONU y otras agencias internacionales.

El problema tiene una cierta complejidad. Israel tiene el control de los accesos a Gaza y, además, controla una parte del territorio, aunque otra parte sigue controlada por Hamás. La distribución de la ayuda humanitaria tendrían que hacerlo actores neutrales, pero, precisamente, Israel niega que, por ejemplo, la UNRWA (la agencia de las Naciones Unidas para los regugiados de Palestina en Oriente Próximo) actúe como un agente neutral. Así, por ejemplo, mientras se niega a colaborar con Israel para la entrega de ayuda humanitaria no planea el mismo problema respecto a Hamás cuando entrega ayuda en las zonas que aún controla esta organización. Al no considerarla un agente neutral, Israel reivindica su derecho, como potencia que controla de facto el territorio, a inspeccionar la ayuda y verificar que no va destinada a favorecer a los combatientes.

Por otra parte, Israel ofrece zonas «seguras» dentro de la propia Franja para recibir ayuda humanitaria; pero Hamás desincentiva que la población se acoja a esta posibilidad, tal como han recogido varias fuentes e, incluso, el Informe de la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, e Israel de 14 de junio de 2024 (núm. 59 in fine).

Es decir, que los problemas de falta de ayuda humanitaria en Gaza no tienen una respuesta directa y evidente del tipo: «Israel quiere matar de hambre a los gazatíes»; sino que suponen responsabilidades de varios actores, lo que incluye a Hamás y también a las agencias humanitarias que no están siendo capaces de presentarse como agentes neutrales en el conflicto.

De lo que hemos visto hasta ahora resulta que la CPI ya ha comenzado a actuar en relación a las autoridades israelíes por la posible comisión de crímenes de guerra y de lesa humanidad. Obviamente, se trata de acusaciones que no carecen absolutamente de base teniendo en cuenta el derecho internacional humanitario actual; pero que deben ser examinadas de manera cuidadosa en atención a las circunstancias de un conflicto bélico que se desarrolla en un entorno fundamentalmente urbano, densamente poblado y en el que uno de los combatientes es, a la vez, quien controla hospitales, escuelas, mezquitas y el que ha sido, hasta el inicio de la operación israelí, el único poder público de facto en el terreno. Unido lo anterior a la tendencia a mezclar civiles y combatientes que no forman parte de un ejército uniformado y organizado de manera formal.

Pese a todo lo anterior, el debate, sobre todo en algunos países -y tendremos que volver sobre ello un poco más adelante- se centra en si Israel está o no cometiendo actos de genocidio en Gaza. Sudáfrica presentó una demanda contra Israel ante el Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) en este sentido que dio lugar a una resolución de este tribunal de enero de 2024 en la que sin afirmar que se estaba cometiendo genocidio, se consideraron plausibles las alegaciones de Sudáfrica y se adoptaron medidas cautelares.

Aparte de estas medidas cautelares (y otras que siguieron en la misma línea), que no califican como genocidio la actuación de Israel, no existen resoluciones ni del Consejo de Seguridad de la ONU ni de la Asamblea General de la misma organizacion que califiquen de genocidio la actuación de Israel en Gaza. Sí que existe un informe de la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, e Israel (COI-OPT) del que nos ocuparemos enseguida, así como múltiples declaraciones de líderes políticos de todo el mundo, artistas, organizaciones y simples opinadores que no dudan en calificar de genocidio lo que está sucediendo en Gaza.

En relación a este tema, lo único que tengo claro es que no es posible tenerlo claro. Ya adelanto que mi impresión es que no se está cometiendo un genocidio en Gaza; y daré mis razones; pero siempre con la cautela de que no se conoce lo suficientemente bien lo que está sucediendo sobre el terreno y que en situaciones de conflicto conocer la realidad de lo que está pasando es difícil porque la propaganda proviene de todos los bandos implicados. Solamente en el futuro, con más datos y testimonios sobre la mesa podría hacerse un juicio ponderado.

Como acabo de adelantar, sin embargo, mi impresión es que lo que está sucediendo en Gaza no puede calificarse como genocidio. Tal y como comentaba en el epígrafe I, la prueba del delito de genocidio es difícil, porque exige constatar un animus, la destrucción de todo o parte de un grupo étnico, nacional o religioso que no es fácil. Además, al tratarse el genocidio del crimen más execrable, la prueba ha de ser todavía más contundente; esto es, no cabe la duda sobre el genocidio; o, mejor dicho, si hay una duda es que no es genocidio.

Con lo anterior no quiero decir que las dudas que tenemos ahora invaliden la acusación de genocidio; lo que quiero decir es que una vez que se disponga de todo el material probatorio, deber resultar nítido que había esa voluntad de exterminar a la totalidad o a una parte de un grupo determinado, en tanto que grupo (destacábamos la importancia de ese «en cuanto tal» en el epígrafe I); si no hay esa nitidez, la calificación debería ser otra.

Pero antes de entrare en ese animus, quiero detenerme en otra cosa: aunque pueda parecer frío o deshumanizado, el tema de las cifras no es completamente irrelevante; y si consideramos las cifras de muertos en Gaza comprobamos que están más cerca de las propias de un conflicto armado que de las de un genocidio.

Por supuesto, lo anterior no es definitivo. Puede haber genocidio, porque hay una voluntad clara de extinguir a un grupo étnico, nacional o religioso sin que, afortunadamente, tenga éxito el propósito; pero, si queremos ser objetivos, en caso de que el porcentaje de víctimas se asemeje tanto al que es propio de un conflicto bélico, es necesario explicar las razones de que el presunto genocida no consiga llevar a cabo su propósito.

En el caso de Gaza, existiendo explicaciones militares para las acciones, la carga de la prueba pesa sobre quien sostiene que esas actuaciones militares, en realidad, lo que esconden es el propósito genocida, lo que, a mi juicio, casa mal, por ejemplo, con las advertencias previas a los bombardeos o ataques que realizan las IDF. El hecho de que existan estos avisos no convierte en legítimas las acciones y no cabe descartar que sean consideradas como crímenes de guerra o de lesa humanidad, como veíamos un poco más arriba; pero hace más difícil que puedan ser consideradas como actuaciones genocidas.

El informe de la COI-OPT da, sin embargo, este paso; aunque, a mi juicio, sin llegar a ser convincente.

Cuando se trata de probar el ánimo genocida no basta con inferencias en las que quepa otra interpretación, sino que es preciso que la única conclusión razonable sea el propósito de exterminar a un grupo étnico, nacional o religioso «en cuanto a tal».

(STIJ de 26 de febrero de 2007 en el caso Bosnia-Herzegovina c. Serbia y Montenegro)

(STIJ de 3 de febrero de 2015, Croacia c. Serbia)

En el informe del COI-OPT, sin embargo, se opera a la inversa: en declaraciones que podrían ser interpretadas como excluyentes de un ánimo genocida se pone el acento en aquellos aspectos que conducirían a entender que sí existe esa voluntad de exterminio. Por ejemplo, en el núm. 168 del Informe se indica que, pese a que Netanhayu se dirige de manera explícita contra Hamás, se considera que muestra ánimo genocida que utilice la expresión «wicked city» (ciudad perversa o malvada).

En el número 169, por su parte, de unas declaraciones del Ministro de Defensa de Israel que de manera explícita se refieren a Hamás deduce el animo genocida; aunque leídas en su totalidad podría interpretarse que se refiere únicamente a los combatientes y no a todos los palestinos.

En este sentido, la COI-OPT considera relevantes declaraciones del presidente Herzog que no llamaban expresamente al genocidio y que, además, luego fueron matizadas; es decir se aprecia un patrón de conducta por parte de la Comisión que consiste en subrayar aquellas declaraciones que puedan apoyar el dolo genocida y minimizar las que lo desmientan, que es justo lo contrario de lo que debe hacerse en estos casos.

En definitva, el documento de la COI-OPT parece tener un cierto sesgo de confirmación hacia la tesis del genocidio, lo que no parece que encaje con la regulación de este crimen internacional y la interpretación del mismo que ha hecho el Tribunal Internacional de Justicia.

Como hemos visto en el epígrafe anterior, las acciones de Israel en Gaza, dejando de lado la justificación última de las mismas (ius ad bellum) podrían suponer crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad; pese a que no se apartan de lo que -desgraciadamente- han sido prácticas habituales en las guerras pasadas e, incluso, en las presentes (guerra de Siria, por poner solo un ejemplo); ahora bien, pretender dar el paso de calificarlas de genocidio creo que no resiste un análisis objetivo. El crimen de genocidio, precisamente por su gravedad, por los ejemplos que hemos tenido de él, por los millones de víctimas que acumula y por el papel que juegan en el orden internacional los mecanismos existentes para su prevención, persecución y castigo ha de ser utilizado con rigor y no debe ser instrumentalizado.

La guerra de Gaza no nos es ajena. A la vez, es profundamente divisorio en las sociedades occidentales y también en la española.

Siendo como soy plenamente consciente de la complejidad del conflicto de Oriente Medio, cuando se produjeron los atentados del 7 de octubre de 2023 me sentí profundamente afectado. Esas, además, son cosas que no se eligen; pero, lo cierto,es que, habiendo otros ejemplos de masacres y atrocidades, ésta me llegó profundamente.

En el estado de ánimo que tenía los días 7 y 8 de octubre me sorprendió la convocatoria de manifestaciones pro-palestinas en esos días. Efectivamente, una cosa son los palestinos y otra Hamás, pero en esos momentos tales manifestaciones que, como luego se ha comprobado, eran reacciones anticipatorias a la respuesta de Israel, podian ser entendidas como un apoyo, aunque fuera indirecto, a la masacre perpetrada por Hamás.

Estas manifestaciones, además, coincidieron con manifestaciones de políticos y autoridades que, en ese contexto, podían ser interpretadas como un apoyo a las reivindicaciones palestinas que habían llevado a los atentados del 7 de octubre.

En aquellos días no dejaba de pensar que esas manifiestaciones y declaraciones no se habrían producido de no haber ocurrido los atentados del 7 de octubre. Que hubiera una conexión entre aquellas atrocidades, manifestaciones en Madrid o Barcelona y declaraciones de gobernantes de mi propio país me produjo un estremecimiento.

Y, entiéndasame, soy consciente, como digo, de que en el conflicto de Oriente Medio Israel o quienes apoyan (o se apoyan) en Israel han cometido muchas atrocidades; pero de igual forma que me hubiera parecido nauseabunda una manifestación pro-israelí inmediatamente después de la masacre de Sabra y Chatila que mencionaba en el epígrafe III.1, me repugnaron las manifestaciones propalestinas tras los atentados del 7 de octubre.

Desde octubre de 2023, a medida que se difuminaban las imágenes del 7 de octubre y pasaban al primer plano las acciones del ejército israelí, la condena a Israel ha ido aumentando en no pocos países y en algunos, como el nuestro, la causa palestina se ha convertido en un instrumento de polarización. La insistencia en exigir que la actuación israelí se califique de genocidio; pese a que, como explicaba en el epígrafe III.3.C), lo único claro es que no está claro, es un indicativo, a mi juicio, de ese uso instrumental del conflicto de Gaza. En España, por ejemplo, ante casi cualquier cosa que la oposición plantee al gobierno lo que se argumenta es que el PP ha de llamar genocidio a la situación en Gaza.

Una insistencia en la utilización del término «genocidio» que ha penetrado en muchas instituciones. Así, por ejemplo, hace unos días, en mi universidad, la Universidad Autónoma de Barcelona, recibía el siguiente correo electrónico colectivo de nuestro Rector:

Como puede apreciarse, indica que la ONU ha confirmado el genocidio en Gaza, lo que está bastante lejos de ser cierto, pues se refiere al informe de la COI-OPT, que es una comisión que, como su propio nombre indica, es independiente; esto es, no expresa el parecer de la ONU como organización internacional. Además, hace referencia a un pronunciamiento anterior en el que ya se había dirigido a la comunidad universitaria avanzando que lo de Gaza era un genocidio.

Desde mi perspectiva, esta toma de posición institucional en un tema de esta dificultad (como hemos visto) no contribuye ni a un debate sereno ni a una mejor comprensión de los problemas que se plantean. Como digo, me indigna la instrumentalización del conflicto, una instrumentalización que, como he avanzado, parece querer usarse para profundizar en la división de la sociedad en vez de para contribuir a resolver los muchos problemas que tenemos, tanto en nuestro país como en otros.

Además de esta instrumentalización, existe otra dimensión que ha de ser considerada. Con toda la complejidad que tiene el conflicto de Oriente Medio, es posible identificar partes en él. Simplificando mucho, por un lado Israel y por otra los palestinos. En España hay quien se adscribe sin matices a la causa palestina, son «los suyos» y defienden sus avances como propios y lamentan cualquier retroceso que padezcan. Las manifestaciones que siguieron inmediatamente a los atentados del 7 de octubre de 2023 a las que me refería antes no se explican sin este componente de «son los nuestros».

Yo no me identifico con ninguna de esas partes. No oculto que, como decía, los atentados del 7 de octubre me impactaron y tampoco oculto mi simpatía con el pueblo judío, sobre todo a raíz de lo que han sufrido en el último siglo y de los vínculos que tiene con mi proipio país, España. Ahora bien, eso no me impide que reconozca sus abusos y errores. Siempre he criticado la política de asentamientos, la construcción del muro y, además, discrepo con su concepción como estado basado en una determinada religión (o etnia); creo que los países han de construirse sobre la ciudadanía, no sobre la religión y con una radical igualdad entre todas las personas; cosa que, me parece, no se da en Israel.

Pero menos todavía me puedo identificar con Hamás. Basta leer sus documentos fundacionales para darse cuenta que su planteamiento es islamista, en el sentido de que en el estado que pretenden el Islam estaría por encima del resto de religiones. No considera a la mujer como una igual al hombre y, además, practica la violencia contra los civiles sin siquiera plantearse si se trata de combatientes o no. Me repugnaría hacer nada que pudiera entenderse como apoyo a Hamás.

Y, sin embargo, desde mi propio país, desde mi propia ciudad, parte una flotilla en la que un grupo de personas se dirigen hacia Gaza en el intento de romper el bloqueo israelí y en apoyo explícito a la causa palestina.

@eldiario.es

Ada Colau anuncia que se embarcará en la flotilla que zarpa este domingo 31 de agosto desde Barcelona para romper el asedio en Gaza Ha aprovechado para denunciar la falta de acción y la «cobardía» por parte de los Gobiernos europeos, incluido el de España #AdaColau #Gaza #activista #ayudahumanitaria #Palestinalibre

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El discurso de los dos bandos y que hay que estar con uno de ellos. Es significativo que en el momento de la salida de la flotilla Ada Colau dijera que si Gaza no se rinde, ellos tampoco se podían rendir.

Es significativo porque quien se pude (o no) rendir es quien combate; y en esta guerra quienes combaten son Israel y Hamás. Gaza es el campo de batalla. Así que la frase de Colau no puede entenderse más que en el sentido de que si Hamás no se rinde, ellos tampoco.

Quien sabe si en el futuro veremos a Netanhayu en prisión y a alguno de los líderes de Hamás hablando ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, tal y como hizo hace unos días Ahamda Al-Sharaa, ahora presidente de Siria y hace no tanto líder de una organización que practicaba ejecuciones sumarias, torturas y detenciones arbitrarias. Si así fuera creo que no serían buenas noticias. Si no tratas a todos los delincuentes igual al final nadie creerá en la justicia y se acabará asumiendo que las únicas razones son la fuerza y la propaganda.

No es el mundo que me gustaría, pero, por desgracia, en el mío más cercano es dramático comprobar cómo el cuidado por el rigor y la objetividad ha sido sustituido por la instrumentalización del dolor ajeno, la búsqueda de la polarización y la puesta al servicio de la propaganda de instituciones que deberían ser neutrales y favorecer el debate abierto.

Imposicion del catalán y Unión Europea

SUMARIO: I. Introducción. II. Derecho de la UE y exigencias lingüísticas en materia de consumo: 1. Imposición del catalán en la normativa sobre consumo de la Generalitat. 2. La petición de Impulso Ciudadano al Parlamento Europeo. 3. Justificación y proporcionalidad en las exigencias lingüísticas: A) Protección de los consumidores. B) Diversidad lingüística y protección de las lenguas regionales o minoritarias. C) Diversidad lingüística y proporcionalidad. D) Derecho de la UE y supuestos meramente internos. III. Oficialidad del catalán en la UE. IV. Conclusión.

No hay tema más importante para el nacionalismo catalán que la lengua.

I. Introducción

Cataluña es una Comunidad Autónoma en la que la mayoría de la población (un 54%) tiene como lengua materna el castellano, mientras que aproximadamente un 35% de los catalanes tienen el catalán como lengua materna. A partir de aquí, como es lógico, catalán y castellano son utilizados de manera generalizada en las relaciones familiares y sociales. Según datos del IDESCAT, un 32,6% de los catalanes tienen como única lengua habitual el catalán, un 46,5% de los catalanes tienen como única lengua habitual el castellano, mientras que un 9,4% de los catalanes declara que sus lenguas habituales son tanto el catalán como el castellano.

La situación anterior no satisface a los nacionalistas, que mantienen que es necesario extender el conocimiento y el uso del catalán. En lo que se refiere al conocimiento, el margen es relativamente pequeño, porque ya en la actualidad más del 90% de los catalanes entienden el catalán, un 80% lo habla, un 84% lo lee y un 65% lo escribe. Se trata de cifras muy relevantes teniendo en cuenta que el catalán es la lengua materna de tan solo el 35% de la población; esto es, la mayoría de los catalanes que entienden, hablan y leen el catalán lo hacen como segundo idioma, y la cifra de catalanes que lo saben escribir es muy superior a la de quienes lo tienen como lengua materna.

Es en la extensión del uso donde existe más margen de crecimiento y a tal fin se desarrollan una serie de políticas transversales que van desde la utilización exclusiva del catalán en los medios públicos de comunicación a la imposición de la educación monolingüe en catalán y a la adopción de medidas que obligan a las empresas y comercios a utilizar el catalán.

Estas actuaciones se insertan en lo que se conoce como políticas de promoción de la lengua, unas políticas que no generan especial rechazo; aunque, en mi opinión, porque no se repara suficientemente en la diferencia entre políticas de promoción del conocimiento de una lengua y políticas de promoción del uso de la lengua. En lo que se refiere a las primeras, hay más margen para admitirlas; pero las segundas deberían generar un rechazo mayoritario, porque se trata de políticas que inciden en una opción personalísima: la de qué lengua, de las que se conocen, se prefiere utilizar en cada situación. Desde esta perspectiva debería considerarse como ilegítimo que el poder público entrara en la lengua que utilizan los particulares entre sí. Por otra parte, además, se ha de ser consciente de que las políticas que pretenden extender el uso de una lengua en una determinada comunidad tendrán como resultado que el uso de otra lengua disminuya. En el caso de Cataluña, esa otra lengua es, obviamente, el castellano, la lengua mayoritaria entre la población que, además, hace la función de lengua común en la mayoría de los supuestos. Dado que el castellano es una lengua oficial, toda política pública que tenga como fin, aunque sea indirecto, la reducción en el uso de la lengua debería estar proscrita.

No quiero, sin embargo, detenerme en lo anterior, porque mi propósito en esta entrada es examinar qué papel puede jugar la UE en relación a estas políticas. Sobre esta cuestión se ha trabajado mucho menos que en relación a otros aspectos como la compatibilidad de la política lingüística de la Generalitat de Cataluña con la Constitución española. Ahora bien, recientemente, en concreto, en la tercera semana de julio, hemos tenido ocasión de examinar por partida doble el contraste entre la Unión Europea y las políticas lingüísticas nacionalistas. En primer lugar (cronológicamente), el 16 de julio tuvo lugar una sesión de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo en la que se examinó la compatibilidad de las exigencias lingüísticas en materia de consumo y el derecho de la UE. Dos días más tarde, el 18 de julio, el Consejo de Asuntos Generales examinó -de nuevo- la petición española de que el catalán, junto con el gallego y el euskera, se convirtieran en idiomas oficiales de la UE. En los dos casos el resultado ha sido poco satisfactorio para los nacionalistas, quedando patentes las diferencias entre el acercamiento doméstico y europeo a las políticas lingüísticas nacionalistas. Lo examinaremos a continuación.

II. Derecho de la UE y exigencias lingüísticas en materia de consumo

1. Imposición del catalán en la normativa sobre consumo de la Generalitat

La regulación de la Generalitat de Catalunya prevé que los consumidores tienen el derecho a ser atendidos en la lengua oficial que elijan; esto es, quienes ofrecen productos o servicios tienen la obligación de atender a los consumidores en la lengua oficial que elijan, lo que incluye, obviamente, el catalán. Además, se prevé que las invitaciones a comprar, la información fija, la documentación contractual, los presupuestos, los resguardos de depósito, las facturas y demás documentos han de facilitarse en catalán. También habrán de estar en esta lengua la información necesaria para el consumo, el uso y el manejo adecuado de los bienes y servicios de acuerdo con sus características y los datos obligatorios relacionados directamente con la salvaguarda de la salud y de la seguridad. Finalmente, los contratos de adhesión, los contratos con cláusulas tipo, los contratos normados, las condiciones generales y el resto de documentación que haga referencia a estos contratos también deberá estar en catalán (art. 128.1 del Código de Consumo de Cataluña).

Es importante tener en cuenta que aunque la norma se formula en términos de derechos, tales derechos implican obligaciones correlativas; obligaciones que se imponen a particulares. Esto es relevante porque la oficialidad de una lengua implica que los administrados pueden utilizarla frente a la administración, estando obligada esta última a relacionarse en la lengua oficial con los administrados y a utilizarla con normalidad. Ahora bien, de la oficialidad de una lengua no se derivan directamente obligaciones para los particulares. Tendremos que volver sobre esta idea un poco más adelante, también para considerar las excepciones que puede haber al principio anterior.

También es necesario señalar -aunque aquí no profundizaremos en ello- que el Tribunal Constitucional, en sus sentencias 88/2017, de 4 de julio y 7/2018, de 25 de enero determinó la interpretación constitucionalmente conforme de este art. 128.1 del Código de Consumo de Cataluña; interpretación que subraya la imposibilidad de establecer obligaciones directas en relación al uso de las lenguas entre particulares.

STC 88/2017

STC 7/2018

Además, el art. 32 de la Ley de Política Lingüística de Cataluña (Ley catalana 1/1998 de 7 de enero) prevé que las señales y carteles fijos han de estar redactados al menos en catalán. También recoge este artículo la obligación de las empresas y establecimientos dedicados a la venta de productos o a la prestación de servicios en Cataluña de estar en condiciones de atender a los consumidores en cualquiera de las lenguas oficiales de Cataluña.

2. La petición de Impulso Ciudadano al Parlamento Europeo

No entraremos en la interpretación constitucional de estas normas; sino que nos centraremos en su compatibilidad con el derecho de la UE. En 2017, Impulso Ciudadano dirigió una petición a la Comisión competente del Parlamento Europeo en la que ponía de manifiesto que las multas impuestas a los empresarios que no rotulaban en catalán sus establecimientos eran una limitación a la libertad de empresa garantizada en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, constituyen una discriminación por razón de lengua y un ataque a la diversidad lingüística.

La petición sigue abierta, y en el marco de ésta, el pasado 16 de julio se desarrolló en el Parlamento Europeo un taller sobre la compatibilidad con el derecho de la UE de la imposición del catalán en las relaciones entre profesionales y consumidores en Cataluña. En este taller participaron tres profesoras, una española, Nuria Magaldi, catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de Córdoba; otra británica e irlandesa, Stephanie Law, «associate professor» en la Universidad de Southampton y una italiana, Eleanor Spaventa, catedrática en la Universidad Bocconi, de Italia.

Aquí puede verse el desarrollo de la sesión y a continuación comparto los documentos presentados por las tres profesoras.

Las tres profesoras mostraron las dificultades que hay para compatibilizar las exigencias lingüísticas de la legislación catalana y el derecho de la UE. Estas dificultades parten de una premisa básica: toda imposición que se haga a los operadores económicos y que pueda suponer una restricción en la circulación de mercancías o en la prestación de servicios ha de estar justificada y ser proporcional. Obviamente, puede haber regulación del comercio (y, de hecho, la hay, y es muy abundante); pero esa regulación no puede ser caprichosa o arbitraria, sino que ha de responder a un fin de interés general, ser adecuada para el fin pretendido, proporcional al mismo y, además, no puede haber una medida que restrinja en menor medida el comercio y que pueda llevar al mismo objetivo.

3. Justificación y proporcionalidad en las exigencias lingüísticas

A) Protección de los consumidores

La primera posible justificación para la imposición del catalán es la protección de los consumidores es la protección de estos. De hecho, como habíamos visto, las exigencias lingüísticas se presentan siempre desde la perspectiva de los derechos de los consumidores; dando por sentado que el objetivo de que estos puedan comunicarse en sus relaciones con quienes ofertan productos o servicios en la lengua oficial de su elección justifica la adopción de las medidas que sean necesarias para alcanzarlo. Ahora bien, como veremos, esto no es así desde la perspectiva del derecho de la UE.

Así, en lo que se refiere a la lengua en la que la información ha de ser facilitada a los consumidores, la exigencia del derecho de la UE es que la lengua que se utilice sea fácilmente comprensible por el consumidor. Es decir, el acento se pone en la comprensión de la información; de tal forma que si el consumidor entiende la lengua en la que se le facilita la información, se cumple con las exigencias en materia de consumo que prevé el derecho de la UE. De esta forma, información en castellano sería suficiente, puesto que el castellano es una lengua que entiende la mayoría de la población de Cataluña. De hecho, a partir de lo establecido en el art. 3 de la Constitución se presume el conocimiento del castellano en todos los españoles y, además, el sistema educativo está obligado a garantizar el dominio de la lengua al acabar los estudios obligatorios, por lo que ninguna vulneración de la normativa sobre consumo se produciría si, en Cataluña, el comerciante opta por facilitar en español la información que precisa el consumidor.

De acuerdo con lo anterior, por tanto, la imposición del catalán en las relaciones de consumo no puede ampararse en la protección del consumidor; por lo que sería necesario encontrar otra justificación para la misma, ya que, como hemos visto, sin esa justificación, la imposición a los comerciantes de la utilización de una lengua determinada en sus relaciones con los consumidores sería contraria al derecho de la UE en tanto en cuanto podría limitar la libre circulación de mercancías, la libertad de establecimiento o la libre prestación de servicios. Recordemos que el punto de partida en las relaciones entre personas privadas ha de ser la libertad, de tal manera que cualquier condicionamiento desde el poder público a la forma en que han de desarrollarse estas relaciones ha de estar cuidadosamente justificado.

B) Diversidad lingüística y protección de las lenguas regionales o minoritarias

Excluido que la protección al consumidor pueda ser un fundamento válido para la imposición del catalán en la rotulación o en la información al consumidor, hemos de examinar otra posibilidad: la protección de la diversidad lingüística, lo que habilitaría medidas de promoción del catalán, entre las que se incluirían las relativas a rotulación de establecimientos o facilitación en catalán de la información al consumidor.

La protección de la diversidad lingüística es un valor constitucional de la UE, tal y como se recoge en el art. 3.3 del TUE o el art. 22 de la Carta de Derechos Fundamentales. También los arts. 165 y 207 del TFUE hacen referencia a la diversidad lingüística. A partir de estos preceptos se admite de manera generalizada que la protección de la diversidad lingüística, entendida, fundamentalmente, como protección de las lenguas regionales y minoritarias. De esta forma, podría convertirse en una fundamento válido para la imposición del catalán. Lo examinaremos enseguida, pero antes me gustaría detenerme en dos aspectos relativos a la promoción de las lenguas regionales o minoritarias a los que, a mi juicio, no se les presta suficiente atención.

En primer lugar, cuando tratamos de la promoción de una lengua, hemos de diferenciar entre promoción del conocimiento de una lengua y promoción del uso de una lengua. En el primer ámbito estaría la enseñanza de la lengua regional o minoritaria, la utilización de dicha lengua en medios de comunicación o la promoción de libros, periódicos o contenidos audiovisuales en la lengua regional o minoritaria. Estos instrumentos, además, facilitarían que los hablantes de esa lengua regional o minoritaria pudieran hacer uso de ella. En esta misma línea, que la administración pública admitiera comunicaciones en la lengua que se pretende promocionar y que utilizara esta lengua en sus comunicaciones contribuiría tanto a mantener y extender el conocimiento de la lengua que se pretende proteger como el uso por parte de sus hablantes.

En ocasiones, sin embargo, de lo anterior se pretende pasar a la extensión del uso de la lengua regional o minoritaria a quienes tienen otras lenguas. En el caso de Cataluña, como hemos visto, este es un propósito explícito de varias de las políticas que se siguen en la Comunidad. De esta forma, se vería como positivo que personas que no son hablantes de la lengua regional o minoritaria pasaran a utilizarla, desplazando, total o parcialmente, el idioma originario de estas personas.

Desde mi perspectiva, estas políticas de sustitución lingüística no pueden ser consideradas como legítimas. Una cosa es que los miembros de una comunidad basada en la lengua tengan opción a utilizar dicha lengua y otra que se pretenda que los miembros de otra comunidad lingüística deban abandonar la suya o, incluso, utilizar la lengua regional o minoritaria más allá de aquello de de forma libre deseen. En ocasiones, sin embargo, se da ese paso; pues las políticas nacionalistas lo que pretenden es que en un determinado territorio la lengua regional o minoritaria se convierta en hegemónica, lo que implicaría no solamente que sus hablantes tendrían el derecho de utilizarla, sino que también podrían imponer a otros que la emplearan. La imposición del catalán en las relaciones de consumo iría en esta línea, tal y como de desprende, por ejemplo, del art. 32.2 de la Ley catalana de consumo, que impone al Gobierno de la Generalitat la adopción de medidas que permitan la extensión del uso del catalán en las relaciones de comercio.

Relacionado con lo anterior, y en segundo lugar, hay que tener en cuenta que las políticas nacionalistas, como las desarrolladas en Cataluña, al intentar extender el uso del catalán lo que pretenden, aunque sea indirectamente, es la disminución en el uso de otras lenguas, particularmente, del español, que es la lengua mayoritaria entre la población. Esto puede afectar a los derechos lingüísticos de los hablantes de español, pero, a la vez, podría suponer un ataque a la diversidad lingüística.

Esta última perspectiva no es habitualmente considerada, ya que el español no es una minoritaria ni está en riesgo de desaparecer, por lo que, de alguna forma, se vería como legítimo reducir su número de hablantes si esa reducción acaba implicando el aumento de hablantes de una lengua minoritaria (en este caso, el catalán). Ahora bien, este análisis superficial no tiene en cuenta, por una parte, que el catalán tampoco es una lengua que se encuentre en riesgo de desaparición y, por otra parte, que desde la perspectiva de cada hablante en particular, sus derechos lingüísticos no dependen de que su lengua sea mayoritaria o minoritaria; para cada hablante su lengua materna es igualmente relevante y las medidas orientadas a forzar un cambio de lengua carecerán de justificación tanto si se trata de una lengua con centenares de millones de hablantes como una lengua con unos pocos miles.

Pese a lo anterior, en ocasiones parece plantearse que las medidas orientadas a la sustitución lingüistica se dirigen desde las lenguas mayoritarias a las regionales; pero no tiene que ser necesariamente así. Fuera del caso de Cataluña, nos encontramos con la situación en Quebec, en el que las lenguas «en conflicto» son dos de lenguas universales, el francés y el inglés, cada una de ellas con centenares de millones de hablantes. En Cataluña, las políticas de promoción del catalán afectan a varios millones de hablantes nativos de español, que ven sus derechos limitados como consecuencia de tales políticas. Ante esta situación cabe preguntarse si no debería entenderse que los artículos mencionados antes del TUE, de la Carta de Derechos Fundamentales y del TFUE amparan también la diversidad lingüística dentro de Cataluña, suponiendo un límite a las políticas que pretenden reducir el uso del castellano. Así parecen entenderlo el Informe de Misión tras la visita de Cataluña de una delegación de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo para estudiar la situación de la inmersión lingüística en la región.

C) Diversidad lingüística y proporcionalidad

Dejando de lado lo anterior (la ilegitimidad -desde mi punto de vista- de las medidas orientadas no a facilitar el conocimiento de una lengua o su uso por los hablantes nativos, sino que pretenden que otras personas cambien la lengua que utilizan habitualmente), las medidas de promoción de las lenguas que supongan cargas para los particulares han de ser proporcionales. Ciertamente, la proporcionalidad es siempre opinable; pero las expertas que emitieron sus informes para la sesión del pasado 16 de julio coincidían -con matices- en que varias o todas de las medidas que incluye la normativa catalana no pasan este test de proporcionalidad.

De esas medidas, quizás la más claramente desproporcionada es la relativa a la atención en catalán. Para cumplirla es necesario que exista personal contratado que domine la lengua catalana, lo que, es obvio, tiene un coste elevado y supone un condicionamiento sustancial para el establecimiento o la prestación de servicios en Cataluña.

La exigencia de que haya información escrita en catalán en los establecimientos tiene, obviamente, un coste menor. Como hemos visto, no se justifica por la protección al consumidor, sino exclusivamente por la promoción de la lengua y debería determinarse si el coste de tener la carta del menú en catalán u otra señalización interna en catalán es una carga proporcional para el comerciante, poniéndola en relación con los beneficios que se obtienen para la promoción de la lengua catalana. Vista desde esta perspectiva (y no de la de la protección al consumidor que, como hemos visto, ha de ser descartada) se me hace difícil justificar si el beneficio para la promoción del idioma que se deriva de la existencia de información en catalán, en su caso duplicada respecto a la que pueda existir en otros idiomas (castellano, inglés, chino u otra lengua en función del público al que se dirige el comerciante), es una carga proporcional para el empresario.

Finalmente está el tema de la rotulación exterior de los establecimientos. Como es sabido, la obligación es que la rotulación esté «al menos» en catalán. No está prohibido que esté también en otra lengua, lo que para algunas de las expertas sería suficiente como para entender que no es una carga desproporcionada. Ahora bien, aunque legalmente sea posible la rotulación bilingüe, ha de tenerse en cuenta que por razones de imagen o de espacio podría ser que una rotulación en dos idiomas no fuera factible; con lo que la obligación de rotular al menos en catalán se convierte de facto en la imposibilidad de rotular en otras lenguas. Cabe preguntarse si esta carga está justificada, porque, además, limita una de las opciones básicas para cualquier empresario: la forma en que quiere presentarse al público. Entiendo que en este ámbito, esencial para la libertad de empresa, cualquier limitación ha de responder a un fin de interés general que justifique de manera clara la restricción que se impone al comerciante. La prohibición de rotulación denigrante para las personas, discriminatoria o que pueda entenderse que se inserta en un discurso de odio podría entenderse justificada por los fines que persigue, la promoción de una lengua, desde mi perspectiva, es mucho mas dudoso que sea un fin de interés general que justifique la imposición, por al vía de hecho, del idioma de rotulación a los comerciantes.

D) Derecho de la UE y supuestos puramente internos

La aplicación del Derecho de la UE exige, en principio, que haya una afectación a las libertades europeas (libre circulación de mercancías, libertad de establecimiento, libre prestación de servicios…); lo que excluye, inicialmente, aquellos casos puramente internos a uno de los estados miembros. Desde esta perspectiva, lo que se ha explicado hasta ahora en relación a la contrariedad con el derecho de la UE de las exigencias lingüísticas en materia de consumo solamente sería aplicable en aquellos casos en los que hay un componente de internacionalidad o, más concretamente, un supuesto de comercio transfronterizo dentro de la UE.

Aún desde esta perspectiva, habría supuestos en los que resultarían claramente aplicables las exigencias del derecho de la UE. Así, por ejemplo, en aquellas actividades que se dirigen a un público internacional en el que se integran ciudadanos de otros estados miembros de la UE. Repárese, por ejemplo, en las grandes áreas comerciales cercanas a Barcelona donde abundan los clientes provenientes de Francia (Centro Comercial de La Roca del Vallès).

Por supuesto, se aplicaría también a los servicios prestados por profesionales establecidos en otros estados miembros y que operan en España a través de una sucursal o agencia. La duda es si la libertad para los comerciantes que garantiza el derecho de la UE al limitar las imposiciones que se pueden hacer desde el poder público, podrían beneficiar también a los supuestos puramente internos. Con carácter general, se ha planteado que los supuestos de «discriminación inversa»; esto es, de un peor tratamiento a los casos internos que a los internacionales, podrían estar prohibidos a partir de exigencias constitucionales españolas; aunque creo que esta vía plantea algunos problemas.

También hay que considerar la Directiva de Servicios (Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, DO núm. L 376 de 27 de diciembre de 2006). Esta Directiva no solamente se aplica a los supuestos internacionales, sino también a los internos [en relación a su capítulo III, libertad de establecimiento vid la Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 22 de septiembre de 2020, asuntos acumulados C-724/18 y C-727/18, Cali Apartaments SCI, HX y Procureur général près la cour d’appel de Paris, Ville de Paris, ECLI:EU:C:2020:743, núms. 55 y 56: «55. A este respecto, procede señalar, por una parte, como hacen el órgano jurisdiccional remitente y el Abogado General en el punto 70 de sus conclusiones, que el capítulo III de la Directiva 2006/123, y en particular su sección 1, es aplicable a los hechos del litigio principal. 56. En efecto, según reiterada jurisprudencia, este capítulo se aplica incluso a situaciones puramente internas, a saber, aquellas en las que todos los elementos pertinentes se circunscriben al interior de un único Estado miembro»].

Es cierto que la Directiva aclara que no afecta a «las medidas adoptadas a escala comunitaria o nacional, respetando el Derecho comunitario, para fomentar la diversidad cultural o lingüística y garantizar la defensa del pluralismo de los medios de comunicación» (art. 1.4); pero hay que subrayar que las medidas que no están afectadas son las que respetan el derecho de la UE («respetando el Derecho comunitario») por lo que si las exigencias lingüísticas no se adecuan a las exigencias que hemos examinado en los apartados precedentes y contradicen lo establecido en la directiva, no podrían operar ni siquiera en los supuestos puramente internos. En este sentido, lo más relevante será, quizás, la compatibilidad de esas exigencias con los arts. 14 y 15 de la Directiva. Es cierto que en esos preceptos no hay referencia a requisitos lingüísticos, pero podría examinarse si tales exigencias no suponen un requisito discriminatorio basado indirectamente en la nacionalidad. Dejo, sin embargo, la pregunta abierta.

De lo que hemos visto hasta ahora se desprende que los requisitos lingüísticos no podrán ser exigidos a quienes presten sus servicios en Cataluña estando establecidos en otros estados miembros ni tampoco en aquellos casos en los que entre en juego el derecho de la UE por el carácter transnacional de la prestación. Queda la duda de si podría operar la discriminación inversa que supone que lo que no se puede exigir a los operadores extranjeros sí se podría imponer a los locales.

Desde mi perspectiva, la duda jurídica que acabo de plantear no es más que la proyección de una política equivocada e injusta: imponer obligaciones a los particulares para conseguir un cambio de usos lingüísticos, en el sentido de que se modifique la lengua que habitualmente usan las personas, carece de justificación y en algún momento se apreciará la injusticia que supone. Entretanto, examinemos cómo esa imposición se relaciona con el derecho vigente.

III. Oficialidad del catalán en la UE

Dos días después del taller en la Comisión de Peticiones del Parlamento del que me ocupaba en el epígrafe anterior, tuvo lugar ua sesión del Consejo de Asuntos Generales de la UE que volvió a rechazar la modificación del Reglamento de Régimen Lingüístico para incluir como lenguas oficiales de la UE el catalán, el euskera y el gallego.

En realidad no fue formalmente un rechazo, sino un aplazamiento, pero como consecuencia de que no existían los apoyos suficientes para conseguir la modificación del Reglamento (que requiere la unanimidad); pero parece ser que algún estado mostró su radical rechazo a la reforma.

Y no es extraño. En la UE hay 27 estados miembros y «solo» 24 idiomas oficiales. Menos de un idioma oficial por país. Sería extraño que España aportara cuatro idiomas oficiales.

La gestión de la oficialidad de tantas lenguas no es sencilla. Los textos jurídicos tienen igual valor en todas las versiones lingüisticas y es necesario ofrecer traducción e interpretación a todas las lenguas oficiales. En la práctica, sin embargo, se impone una reducción de las lenguas que realmente se utilizan. Si uno se pasea por el Parlamento Europeo (y, supongo, será lo mismo en casi todas la instituciones) lo que más se escucha es inglés, la lengua franca en la que se entienden quienes no tienen una lengua común. El Tribunal de Justicia, sin embargo, trabaja en francés y, probablemente, estos dos idiomas, inglés y francés, son los que permiten que funcione con fluidez toda la maquinaria de la UE.

De hecho, no es infrecuente que, incluso teniendo la oportunidad de expresarse en su propio idioma, se prefiera utilizar el inglés. En el taller al que me refería en el apartado II, todas las expertas utilizaron el inglés en sus intervenciones, pese a que una era española y la otra italiana. Muchos prefieren ser entendidos directamente sin pasar por el intérprete.

En este contexto, ¿qué sentido tiene la oficialidad del catalán y las que de él se derivan (gallego y vasco, porque, no conviene olvidar que la petición española nace de la exigencia de Junts para la investidura de Sánchez)? Obviamente, solo se entiende desde un planteamiento nacionalista que utiliza la lengua como elemento de identificación. Los derechos lingüísticos de los ciudadanos catalanes a nivel europeo ya están perfectamente reconocidos por dos vías diferentes:

1- En primer lugar, porque todos ellos dominan el español. Así resulta de los datos disponibles y, además, es una presunción que deriva del art. 3 de la Constitución. Es decir, con la oficialidad del castellano quedan cubiertos los requisitos comunicativos de quienes sean hablantes de catalán.

2- Desde hace años, los ciudadanos catalanes disponen de la posibilidad de dirigirse a las instituciones europeas en catalán y también se ha avanzado en la traducción al catalán de textos europeos. Así se explicaba en el informe de Impulso Ciudadano sobre el Pacto Nacional por la Lengua hace varios años.

Es decir, la oficialidad del catalán y otras lenguas españolas no busca garantizar derechos, sino reforzar el proyecto nacionalista. Resultaría curioso que una organización como la UE, que nació para superar los nacionalismos en Europa, apoyara un proyecto nacionalista como el catalán. Además, abriría la puerta a la oficialidad de otras lenguas regionales que no añaden valor comunicativo, sino que lo que buscan es una mejora de estatus que, de alguna forma, legitime el proyecto nacionalista al que se vinculan.

Desde mi perspectiva, poco favor se hace a la lengua catalana vinculándola a un proyecto político como el nacionalismo. Creo que le iría mejor con un planteamiento abierto centrado en los derechos lingüísticos de sus hablantes y en la búsqueda de soluciones realistas. Por ejemplo, en el documento de Impulso Ciudadano se apuntaba que, en vez de buscar una imposible oficialidad del catalán en la UE, podría explorarse la reforma de algunos textos legales de la UE que se refieren a «lenguas oficiales de la UE» y sustituir esa expresión por la de «lenguas oficiales en la UE» o «en algún territorio de la UE»; puesto que esto abriría puertas para una consideración del catalán (y otras lenguas regionales) que ahora están cerradas. Pero, claro, esta propuesta se hace desde el pragmatismo y con el objetivo de potenciar los derechos lingüísticos de las personas; una perspectiva que rechazan quienes se centran en los derechos de las lenguas, entendidos como un sucedáneo de los derechos de las naciones o de los pueblos.

IV. Conclusión

Comenzaba diciendo que para el nacionalismo no hay tema más importante que la lengua. Ante cualquier reivindicación o planteamiento en materia lingüística hay que tener en cuenta esta perspectiva. No se suele hacer, sin embargo. Se da por bueno que todo lo que favorezca «al catalán» es positivo sin asumir que esas medidas que parecen orientadas a proteger una lengua en peligro (y que, en realidad, no está en ningún riesgo) suponen imposiciones y obligaciones, limitación de derechos para otros y favorecimiento de un proyecto político concreto y divisivo.

En la UE se empiezan a dar pasos para que se asuma esta perspectiva; pero sería bueno que, como paso previo, se asumiera en España; para lo que se precisa formación y reflexión por parte de partidos políticos, asociaciones, instituciones y el conjunto de la sociedad civil.

«Parla català!»

En los últimos días se ha producido un cierto revuelo en torno a una obra de teatro, representada en Barcelona, y que tiene como tema la imposición del estudio y del uso del catalán, tal y como es percibida por algunas personas que llegan a Cataluña sin conocer la lengua. La producción es de un grupo de mujeres de origen latinoamericano, ha sido tachada de catalanófoba y, parece ser, el ayuntamiento de Barcelona ha pedido disculpas (la representación se había realizado en un espacio municipal, he creído entender).

El episodio es significativo y merece, por tanto, algún comentario.

Lo primero es ver de qué estamos hablando; esto es, qué es lo que se dice en la obra que, de acuerdo con los nacionalistas, resulta «catalanófobo». No he encontrado toda la obra, pero si la escena que, parece ser, ha sido la detonante de las críticas, y que puede verse en el siguiente vídeo.

Aparte de ésta, sin embargo, creo que también ha de verse esta otra:

La primera de las escenas representa a una persona que se expresa en castellano en un centro de salud y que tan solo recibe respuestas en catalán. Le repiten que tiene que aprender catalán y luego se ve una escena que, se supone, es de una escuela de catalán para adultos. Luego, la misma persona, que ya tiene su título de catalán, busca trabajo y se vuelve a encontrar con la exclusión, a lo que sigue una invocación, dirigida al público, en la que la mujer se pregunta qué es importante: ¿saber catalán o la salud o poder completar los trámites administrativos?

La segunda escena me parece que representa una entrevista de una mujer con una trabajadora social o equivalente. En ella, la exigencia del aprendizaje del catalán también aparece, aunque con otros temas, como la existencia de requisitos aparentemente absurdos para obtener las ayudas solicitadas, la «amenaza» de un tratamiento psicológico si la persona que solicita ayuda no se pliega a las exigencias del sistema y la necesidad de pasar por clases de «empoderamiento». En esta segunda escena creo que se transmite la sensación casi diría de humillación por la que pasa quien recurre a determinados servicios que, junto con la ayuda que ofrecen, trasladan también al beneficiario la necesidad de adaptarse a una determinada forma de entender el mundo. En esta forma de entender el mundo está la exigencia del aprendizaje del catalán.

A partir del visionado de los fragmentos polémicos de la obra podría debatirse si se ajustan más o menos a la realidad; y siempre partiendo de que es una obra artística y no un documental (aunque los documentales también son arte). No creo, por ejemplo, que en las clases de catalán para adultos bailen en corro; pero me parece que capto lo que quieren transmitir: personas adultas, con bastantes preocupaciones y trabajos, tienen que pasar horas en un aprendizaje que, supongo, en algunos casos puede resultar infantil (casi siempre el aprendizaje de los idiomas, incluso cuando están diseñados para adultos, es, en cierta forma, infantil; conozco pocas excepciones). En esta línea, la crítica a la imposición del catalán es bastante clara y, además, se corresponde en buena medida con lo que se conoce y que he tratado abundantemente en este blog y en otras publicaciones.

Por supuesto, lo anterior no quita que existen personas que no han podido ser atendidas en catalán pese a haber querido recibir explicaciones en esa lengua; pero el que se den estos casos no supone que lo que cuenta la obra no sea cierto. En cualquier caso, no quiero extenderme más en ello, porque lo que me parece más relevante es la reacción nacionalista a la obra de teatro. Tal y como se ha indicado, desde el nacionalismo se ha tildado la obra de catalanófoba, se han pedido explicaciones al ayuntamiento y se ha iniciado un linchamiento en redes sociales que denunciaba hace unos días Impulso Ciudadano.

Se dice que la obra es racista y que muestra odio hacia el catalán y su cultura y que hay que hacerles la vida imposible, difundiendo el nombre de las integrantes del grupo.

Desde mi perspectiva, como digo, lo relevante es la reacción y que, incluso, el ayuntamiento de Barcelona haya pedido disculpas por la representación. Se podrá discutir o no el contenido de la obra (partiendo, además, de que se trata de una obra de ficción); pero, ¿nos damos cuenta de lo que implica que ni siquiera sea posible plantearlo, que se considere inadmisible que escenas como las que encontramos en los vídeos precedentes puedan ser representadas? La reacción nacionalista a la crítica, como la de todo totalitarismo, es visceral y contundente. Dado que su control sobre la sociedad se basa en el mantenimiento de un determinado relato que todos deben asumir, cualquier planteamiento alternativo ha de ser expurgado antes de que ponga en riesgo la ideología oficial. Es una reacción muy semejante a la que vimos hace unos años con el caso de la enfermera que se atrevió a criticar la exigencia del nivel C1 de catalán para acceder a una plaza fija en Cataluña. ¿Se acuerdan?

Al igual que en aquel caso, el protagonista es la lengua; y no es extraño.

En Cataluña, la lengua mayoritaria es el español. Más de la mitad de los catalanes la tienen como lengua materna, mientras que el catalán solamente lo es de un 35% de los catalanes. El español, además, es la lengua común para muchos extranjeros que viven en Cataluña y tiene un amplio uso social, pese a los obstáculos que se ponen a él desde la administración.

Sí, sí, obstáculos, porque ¿no son obstáculos las multas lingüísticas? Se exige que los establecimientos comerciales estén rotulados «al menos» en catalán; pero ¿quién va a poner un rótulo bilingüe en su establecimiento como si fuera el panel de un aeropuerto? La exigencia de rotulación en catalán en la práctica es una exclusión de la rotulación en castellano (o en cualquier otro idioma) y como la realidad acaba imponiéndose, ahí están los denunciantes profesionales para iniciar procedimientos sancionadores contra quienes enturbian las calles de Cataluña con rótulos en castellano.

¿No es obstáculo que las instrucciones del Departamento de Educación impongan que el catalán sea la lengua que se utilice en las reuniones, comunicaciones y documentos del sistema educativo, obligando a quien quiera recibir la documentación en español a solicitarlo? ¿No es obstáculo que se imponga incluso a quienes realizan actividades extraescolares en los centros educativos que estas se desarrollen en catalán, pese a que la lengua de la mayoría de los alumnos ¡y de muchos profesionales y de los propios profesores! es el castellano?

Los nacionalistas y las administraciones que controlan realizan un ímprobo esfuerzo para intentar modificar los usos lingüísticos de la población de tal forma que lo que ahora es una sociedad que se entiende en catalán y en castellano; pero más en esta última lengua que en la primera, acabe siendo una sociedad catalanohablante; y esta es una tarea tan difícil de por sí que no puede permitirse que los que tienen que acabar pasando por el aro muestren dudas o reticencias.

  • ¿Hasta dónde vamos a llegar si las personas comienzan a exigir que la administración utilice una lengua oficial que no debería estar en peor situación que el catalán?
  • ¿Qué sucedería si los ciudadanos se dieran cuenta de que -como se dice en una de las escenas- lo importante no es la extensión en el uso del catalán, sino la sanidad o el cumplimiento de los trámites administrativos?
  • ¿Podríamos, a partir de lo anterior, exigir que la escuela tenga como misión fundamental la formación de los alumnos y no -como sucede ahora- la extensión del conocimiento y uso del catalán?
  • ¿Correríamos el riesgo de darnos cuenta de que la política lingüística es una enorme rueda de molino que la sociedad catalana se ha puesto al cuello y que nos impide desarrollar todo nuestro potencial?
  • ¿Acabarían algunos cayendo en la cuenta de que de ninguna forma está justificada la subordinación actual del castellano frente al catalán, una subordinación que no solo es de lenguas, sino también de hablantes, porque, como dicen los informes internacionales, la discriminación de las lenguas acaba siendo también discriminación de las personas?

La obra de «Teatro sin papeles» (que así se llama, creo, el grupo de actores aficionados) denuncia esa imposición desde la radicalidad del sentimiento de quien se ha visto discriminado por su lengua en un lugar en el que esa lengua no solamente es oficial, sino que, probablemente, es conocida por quien insiste en dirigirse a ella en otra con el propósito de obligarle a aprenderla y también a usarla. El nacionalismo, que pretende que quienes «vienen de afuera» han de adaptarse a las costumbres locales y que, en el caso de Cataluña, opera no solamente como exigencia respecto a los inmigrantes, sino también hacia quienes no tienen esta condición pero se niegan a asumir los dogmas nacionalistas, muestra en la reacción ante esta obra su rostro intransigente.

Es por esto que el rechazo virulento, pretender que la obra es catalanófoba (¿por qué? ¿denigra el catalán o a quienes lo hablan? Se limita a trasladar la experiencia de quien sufre la imposición de esa lengua), racista (hay que reirse ante una acusación semejante) o que genera odio; lo que nos muestra es la verdadera cara del nacionalismo intolerante que pretende que solamente hay una manera legítima de estar en Cataluña, la que ellos dictan.

Y ante esto no caben medias tintas; o se está con quienes acusan a «Teatro sin papeles» de catalanofobia o con quienes apoyan que la libertad de expresión alcanza a cualquier opinión o manifestación; incluso aquellas que no hacen más que reflejar realidades incómodas para el nacionalismo.